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Política

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Aprueban en lo particular Ley contra Trata de Personas

Luego de que la semana pasada se suspendió la sesión donde se votarían ocho artículos reservados, este día el pleno camaral avaló sin discusión la legislación que contempla sanciones de hasta 40 años de prisión por este delito.

La Cámara de Diputados aprobó, en lo particular, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Luego de que la semana pasada se suspendió la sesión donde se votarían en lo particular ocho artículos reservados, este día el pleno camaral avaló sin discusión y con 320 votos y una abstención dicha legislación que contempla sanciones de hasta 40 años de prisión por este delito.

Así, el presidente de la Mesa Directiva de San Lázaro, Guadalupe Acosta Naranjo, anunció la aprobación del dictamen que abroga la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; y reforma y adiciona diversas disposiciones y códigos.

Dicha ley impone penas de hasta 40 años de prisión a quienes realicen actos de explotación o abuso sexual en contra de menores de 18 años y crea un fondo para la atención de víctimas.

A propuesta de la diputada del PRD, Teresa Inchaustegui Romero, se sancionará con pena de 10 a 15 años de prisión y de 1,000 a 30,000 días de multa a quien se beneficie de cualquier modo y obligue a una persona a realizar, participar, tolerar o soportar actos sexuales.

Entre las reformas destaca que a quien enganche, transporte, transfiera, retenga, reciba, acoge o entregue para sí o para un tercero a una o varias personas con fines de explotación, se le impondrá de 10 a 20 años de prisión y de 1,000 a 20,000 días de multa .

En el dictamen aprobado por los diputados se considera como explotación: los abusos laborales, trabajos o servicios forzados, explotación de la prostitución u otras formas de explotación sexual, matrimonios forzados o serviles, esclavitud.

Así como prácticas afines o similares a la esclavitud, servidumbre, adopciones ilegales, corrupción de personas menores de 18 años, turismo sexual infantil, pornografía infantil, explotación de la mendicidad ajena y alquiler de personas con el mismo fin, venta de persona o tráfico de órganos, tejidos o sus componentes .

Se estable que los casos en que la víctima, ofendido o testigo, declare en contra de grupos de la delincuencia organizada, el Ministerio Público y Poder Judicial adoptarán un conjunto de medidas de carácter excepcional para resguardar su vida, libertad, integridad, seguridad e identidad.

El dictamen menciona que se deben establecer políticas y acciones de Estado transversales para disminuir, hasta abatir, las brechas de desigualdad entre los sexos y garantizar el acceso a la justicia y el ejercicio pleno de sus derechos.

También establece que debe quedar prohibida toda publicidad o inserción pagadas en los medios de comunicación masiva de cualquier índole, que incluya en sus publicaciones anuncios de contacto sexual o que promueva la prostitución y la pornografía que puede propiciar la trata de personas.

El documento avalado este día fue enviado al Senado de la República para su discusión, análisis y en su caso aprobación, a fin de que sea remitido al Ejecutivo federal, quien deberá publicarlo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

MIF

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