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Política

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CAMe mantiene la contingencia ambiental; estos autos no circulan este viernes 24 de mayo

El Doble Hoy No Circula seguirá aplicándose en la zona metropolitana del Valle de México, por lo que te decimos que autos no transitan por la CDMX y el Edomex, pero también cuáles sí podrán circular.

Foto EE: Hugo Salazar

La Comisión Ambiental de la Megalópolis determinó mantener la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la zona metropolitana del Valle de México, tras informar que se mantuvieron las condiciones adversas para la dispersión de contaminantes y las concentraciones de ozono alcanzaron valores de Muy Mala calidad del aire en el Valle de México.

Pronóstico para viernes 24 de mayo

Explicó que el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México indica que para mañana viernes 24 de mayo el sistema de alta presión continuará ejerciendo su influencia sobre el Valle de México, ocasionando estabilidad atmosférica de moderada a fuerte y viento débil, con intensa radiación solar y temperaturas superiores a 30°C durante la tarde, por lo que se estima que la calidad del aire seguirá siendo de Mala a Muy Mala.

Doble Hoy No Circula

Mañana viernes 24 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 1, 3, 5, 7 y 9.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.

Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.

Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.

Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. 

Las motocicletas están exentas de la Fase I.

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