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Política

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Comisiones avalan ley de protección de datos personales

La ley también plantea una lista negra de quienes hayan incumplido con la nueva ley, incluidos los partidos políticos.

En el Senado avanzó la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, pues fue avalada por unanimidad en comisiones. Con esto se aprobó la imposición de multas de hasta 109,560 pesos para quienes violenten el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales, además de que se publicará una lista negra de los partidos políticos, fideicomisos, funcionarios, sindicatos, instituciones y empresas que reciban recursos públicos pero que hayan incumplido las disposiciones en esta materia.

La ley que fue turnada al pleno del Senado al haber sido acreditada por las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos, Primera, precisa que el incumplimiento de los sujetos obligados será difundido en los portales de obligaciones de transparencia del INAI y los organismos garantes locales, los que deberán considerar estas faltas en todas las evaluaciones que realicen.

Dichas entidades podrán imponer amonestaciones públicas o multas por la violación a la ley, equivalentes a 150 hasta 1,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (10,956 pesos a 109,560 pesos, con el valor actual de 73.04 pesos de la unidad).

Establece como causas de sanción el usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar, total o parcialmente y de manera indebida datos personales que se encuentren bajo su custodia o a los cuales tengan acceso.

También, el obstruir los actos de verificación de la autoridad y crear bases de datos personales en contravención a lo dispuesto por la ley.

Además, los integrantes de las comisiones que presiden Cristina Díaz y Raúl Gracia, respectivamente, retomaron todas las recomendaciones que les hizo el Banco de México para proteger los datos no sólo de las personas físicas, sino de las morales, y reconocer qué autoridades financieras utilizan estos datos sin consentimiento de los titulares.

El derecho a la protección de los datos personales solamente se limitará por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

Incluso se regulan los datos de las nubes, Internet, y se precisa que sólo el consejero jurídico del gobierno federal podrá interponer recurso de revisión en materia de seguridad nacional directamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando considere que las resoluciones emitidas por el INAI ponen en peligro la seguridad nacional. El recurso deberá interponerse durante los siete días siguientes a aquél en el que el organismo garante notifique la resolución al sujeto obligado.

tania.rosas@eleconomista.mx

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