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Política

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Fijan multas en la ley de remuneraciones

El Congreso de la Unión tenía como plazo máximo hasta febrero del 2010 para emitir el reglamento tras la reforma en la materia en el 2009.

Tras un retraso de tres años, la Cámara de Diputados se alista para expedir la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación, y reformar el Código Penal Federal que establecerá sanciones de seis meses a 12 años de prisión; de 100 a 300 días de multa y destitución e inhabilitación por el mismo lapso para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos del funcionario que viole el nuevo ordenamiento.

Promulgada la reforma constitucional en materia de remuneraciones de los servidores públicos el 24 de agosto del 2009, el Congreso de la Unión tenía como plazo máximo el 25 de febrero del 2010 para emitir la legislación secundaria correspondiente.

Es decir, la ley reglamentaria debió aprobarse desde la pasada LXI Legislatura, lo que a la fecha no ha sucedido.

De acuerdo con la iniciativa promovida por el grupo parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados para la expedición de la nueva ley, en el próximo periodo ordinario de sesiones (que iniciará el próximo mes) se impondrá la pena corporal referida:

Al empleado que, por su empleo, cargo o comisión pública otorgue o autorice para sí o para otros pagos de remuneraciones, jubilaciones, pensiones o haberes de retiro; liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos no previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo; o que estando previstos otorgue o autorice su pago aunque no se tenga derecho a recibirlos.

También al funcionario público que utilice los apoyos o gastos sujetos a comprobación propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales, o en conceptos ajenos al cumplimiento de su empleo, cargo o comisión.

El nuevo ordenamiento habrá de fijar parámetros sólidos y uniformes aplicables a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos y demás órganos de la Federación, a fin de contribuir a dar certidumbre y transparencia a los propios servidores públicos y a los ciudadanos con respecto a la determinación y pago de las remuneraciones.

La remuneración anual total del Presidente es el referente para determinar las remuneraciones de todos los funcionarios de los demás órganos públicos, ya que nadie podrá ganar más.

Con base en ese límite, se continuarán presentando los tabuladores en el Presupuesto de Egresos de la Federación pero con mayor detalle en términos brutos y netos, mensuales y anuales, y para cada grupo de servidores de todos los órganos públicos.

Habrá un manual

La ley que está por expedirse ordenará la creación de un Manual de remuneraciones que los órganos públicos deberán emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de mayo.

Se prevé la conformación de un Comité de Expertos en Remuneraciones, órgano técnico de carácter ejecutivo para evaluar, emitir recomendaciones en lo general y coadyuvar en la determinación de los pagos de los servidores públicos; integrado por un representante de cada uno de los tres poderes de la Unión, un representante común de los órganos autónomos y cuatro expertos independientes designados por el Ejecutivo federal, previa convocatoria.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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