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Política

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Militares, nuevamente sin marco jurídico

Los ministros argumentaron que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en esa materia.

Foto EE: Zulleyka Hoyo

Con nueve votos a uno, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, normativa que regularizaba las tareas de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública.

Al seguir con el análisis de la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y legisladores, los ministros coincidieron que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en materia de seguridad interior.

Al diferir sobre esta facultad de legislar, pero sumándose finalmente en contra del proyecto del ministro Jorge Pardo, quien buscaba la declaración de validez de la ley, estuvieron Margarita Luna Ramos y Luis María Aguilar, quienes consideraron que el Congreso sí está facultado para legislar en la materia aunque señalaron vicios en el origen de la ley.

El ministro José Fernando Franco González reconoció que las Fuerzas Armadas han venido desarrollando “tareas que no les son propias”, así como el esfuerzo realizado para cumplir con la encomienda, por lo que se pronunció por un marco normativo que dé certeza para realizarlas en coordinación, y bajo un mando civil.

Sobre la competencia del Congreso de la Unión para emitir la Ley de Seguridad Interior, aclaró que éste no esta facultado para ello.

“No obstante debo precisar que la disposición por el presidente de la República de las Fuerzas Armadas permanentes, como lo señala la Constitución, es un acto de autoridad que incide de manera directa en los derechos humanos, por lo que deberá estar debidamente fundado y motivado su acto, ciñéndose a las directrices que establecen las demás disposiciones”, dijo.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena refirió que para la creación de la normativa no se llevó a cabo la consulta indígena requerida de acuerdo a la Constitución, y “si bien se citaron los precedentes conducentes, estoy en desacuerdo con su aplicación en el caso concreto”.

Sin embargo, dijo, mi preocupación medular sobre la regularidad de la ley impugnada es la colisión con otras normas de rango constitucional, en particular con el Artículo 21 de la Constitución, es decir, al pretender regular una vertiente de la seguridad nacional, el Congreso en realidad reglamentó aspectos de seguridad pública.

Desarticulación

En tanto, el ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, argumentó que los vicios de constitucionalidad de los que pueden adolecer diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Interior, no conlleva a la invalidez total.

“Sin embargo, sí encuentro del estudio que yo he realizado a esta ley, y que (ha) alcanzado la invalidez de las múltiples disposiciones que aquí se estudian y las que considero además que deberían alcanzar también la invalidez, la ley quedaría desarticulada (...) quizá por incomprensible y desde luego (queda) impráctica su aplicación, lo que me lleva a inclinarme en favor de la protección de la seguridad jurídica como derecho fundamental del pueblo de México”.

La Ley de Seguridad Interior fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2017, con severas críticas de organismos internacionales y nacionales de derechos humanos, quienes advirtieron de los riesgos que implica la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

Insisten en darles certeza

El presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Juan Pablo Castañón, consideró necesario que se otorgue certeza jurídica a las tareas de seguridad pública que ejercen las Fuerzas Armadas en el país.

Ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior, Castañón advirtió que la actuación de los soldados y marinos no puede quedarse “en el vacío jurídico”.

Y reiteró que es necesario encontrar soluciones así como tener un marco en el cual, “si requerimos de las Fuerzas Armadas, tengamos claro cuándo entran y cuándo salen”.

Por otro parte, fuerzas legislativas de oposición a la próxima administración de Andrés Manuel López Obrador coincidieron en que las policías del país se encuentran debilitadas, al tiempo que señalaron que se deberá hacer un análisis a profundidad para dar un sustento jurídico a la actuación de las Fuerzas Armadas.

El diputado del PRI Héctor Yunes Landa indicó que, con la decisión de la SCJN sobre derogar la Ley de Seguridad de Interior, se debe nuevamente legislar sobre la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad.

Por su parte, Juan Carlos Romero Hicks (PAN) indicó que se deberá de analizar a profundidad cuáles son las facultades que tiene el gobierno federal en la materia.

Por su parte, Tatiana Clouthier celebró la decisión tomada por la Corte al tiempo que señaló que desde Morena se escucharán a las organizaciones civiles para crear un nuevo marco jurídico.

Mientras, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) saludó e hizo un reconocimiento a la determinación del pleno de la Corte que invalidó la Ley de Seguridad y ratificó la necesidad de que la participación temporal de las Fuerzas Armadas se sujete estrictamente a lo previsto por la Constitución.

Además, que su actuación sea acorde con los parámetros internacionalmente reconocidos, los cuales plantean restringir al mínimo sus intervenciones en materia de seguridad y fortalecer el control de autoridades e instituciones civiles en ese rubro, sostuvo el ombudsperson nacional, Luis Raúl González Pérez. (Con información de A. Molina, H. Molina y Notimex)

Los operativos militares, desde el 2006

  • En el 2006, Felipe Calderón lanza la guerra contra el narcotráfico, utilizando principalmente a las Fuerzas Armadas, sacándolas de los cuarteles para que realicen funciones de seguridad pública.
  • En septiembre del 2016 se presentan dos iniciativas en la materia, una por el senador del PAN, Roberto Gil Zuarth; otra por César Camacho Quiroz y Martha Sofía Tamayo, diputados del PRI.
  • El 8 de diciembre del 2016 Salvador Cienfuegos, titular de la Sedena, pide regular la actuación de las Fuerzas Armadas.
  • El 29 de marzo del 2017, el entonces secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, dijo que era momento de darle respaldo a las Fuerzas Armadas.
  • El 20 de noviembre del 2017, Cienfuegos insiste en su llamado a los legisladores a avanzar en el “urgente ordenamiento (legal)”.
  • El 29 de noviembre del 2017, la CNDH se pronuncia contra la Ley de Seguridad Interior, al considerar que fomenta el uso discrecional de las Fuerzas Armadas.
  • El 30 de noviembre del 2017, a puerta cerrada, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprueba el dictamen de la LSI. Ese mismo día en fast track la mayoría de legisladores del PRI-PVEM aprueban la ley y la turnan al Senado.
  • El 8 de diciembre del 2017, Enrique Peña Nieto llama al Senado a escuchar las distintas posiciones sobre la normativa.
  • El 15 de diciembre del 2017, tras una sesión de 15 horas, la Cámara de Senadores aprueba la LSI, y la turnan a la Cámara Baja, donde finalmente es aprobada.
  • El 21 de diciembre del 2017 la LSI es publicada en el Diario Oficial de la Federación y promulgada por Peña, quien asegura que esperará a que la Corte resuelva los recursos que en su contra se promovieron.
  • El 16 de enero del 2018, el INAI acude a la SCJN a presentar una acción de inconstitucionalidad contra la LSI.
  • El 19 de enero del 2018 la CNDH presenta ante la Corte una acción de inconstitucionalidad.
  • En esta misma fecha, legisladores de Movimiento Ciudadano presentaron el mismo recurso contra la normativa.
  • También el 19 de enero del 2018, 43 senadores de oposición impugnan la LSI.
  • El 12 de noviembre del 2018, la SCJN inicia la discusión de las acciones.
  • Ayer, 15 de noviembre, la Corte declara la inconstitucionalidad de la legislación.

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