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No podrán ligar a Zerón con “Verdad Histórica”
El exdirector de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) de la entonces Procuraduría General de la República, Tomás Zerón, consiguió que una juez federal le otorgara una suspensión definitiva para que las autoridades no lo relacionen con la construcción de la llama “Verdad Histórica” del caso Ayotzinapa.
El exdirector de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) de la entonces Procuraduría General de la República, Tomás Zerón, consiguió que una juez federal le otorgara una suspensión definitiva para que las autoridades no lo relacionen con la construcción de la llama “Verdad Histórica” del caso Ayotzinapa.
La jueza séptima de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, María Isabel Bernal Hernández, determinó conceder a Zerón la suspensión debido a que aún no hay una sentencia en la que se le encuentre culpable.
“Si bien las víctimas tienen el derecho a conocer la verdad histórica (...) y que se les informe de los avances en relación con el procedimiento, a través de su derecho de acceso a la información; lo cierto es que en el presente caso al no estar determinado de manera definitiva, que el quejoso (Tomás Zerón) cometió o participó en la comisión de los hechos que la autoridad señala, y no existe sentencia ejecutoria que así lo establezca, es inconcuso que, las autoridades deben abstenerse de brindar información sugestiva que lo pueda exponer”, se asentó en el expediente 1497/2023.
La medida cautelar, se precisó, surtirá efecto hasta que haya una sentencia firme de un juez en la que señale a Zerón como culpable.
Niegan retirar documentos
En el mismo caso, el extitular de la AIC buscó que las autoridades federales retiraran de las redes sociales Facebook, X, Instagram y Youtube, así como los comunicados de prensa del gobierno mexicano en donde se le señala de ser parte de quienes orquestaron la “Verdad Histórica”.
Ante ello la juez negó otorgarle a Zerón la suspensión ya que hacerlo “equivaldría a resolver de fondo el juicio de amparo que deriva el presente incidente de suspensión, pues se estaría determinando la inconstitucionalidad de los actos reclamados”.
Aunado a que la decisión de ordenar el retiro del material en el que se menciona al exfuncionario sólo podría ser parte de la sentencia que se dictará finalmente en el caso.