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TEPJF ordena reanalizar queja contra Eruviel
El máximo tribunal electoral consideró que el IEEM incurrió en "juicios de valor" al calificar de "frívola e intrascendente" la queja interpuesta por la coalición Unidos podemos Más.
El Tribunal Electoral federal revocó la resolución del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) que desechó la queja de la coalición Unidos podemos Más contra Eruviel Avila, por el presunto rebase de topes de gastos de precampaña.
La Sala Superior de ese tribunal negó que la coalición conformada por el PRD, el PT y Convergencia haya presentado un recurso de queja "frívolo e intrascendente" contra el candidato de la coalición Unidos por Ti y el Partido Revolucionario Institucional.
De ahí que los magistrados votaran unánimemente el proyecto de sentencia y ordenaran al Consejo General del IEEM emplazar de inmediato a Avila Villegas, así como resolver la denuncia presentada en su contra.
Eruviel Avila fue candidato de la coalición Unidos por Ti que conformaron los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza, así como el PRI.
De acuerdo con el proyecto elaborado por la magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), María del Carmen Alanis, el Instituto Electoral del Estado de México incurrió en "un juicio de valor".
Lo anterior, precisó, al calificar de 'frívolo e intrascendente' el recurso que en su momento promovió la coalición de los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Convergencia, que postuló como candidato al gobierno mexiquense a Alejandro Encinas Rodríguez.
De acuerdo con lo expuesto, el IEEM desechó la queja de la coalición Unidos podemos Más por considerarla frívola y que no era de trascendencia jurídica, por lo que ésta acudió al TEPJF bajo la figura de "per saltum", es decir, sin agotar las instancias locales.
En el proyecto de sentencia del tribunal federal se consideraron infundados los argumentos del instituto electoral mexiquense que determinó desechar de plano la queja y, en consecuencia, se revocó su resolución.
Los magistrados Constancio Carrasco, Flavio Galván, Salvador Nava, Pedro Esteban Penagos y José Alejandro Luna, presidente del TEPJF, apoyaron el proyecto de sentencia.
El Tribunal Electoral federal dio tres días de plazo a su similar del Estado de México para que analizara y valorara nuevamente si el ex candidato de la coalición Unidos por Ti al gobierno mexiquense, Eruviel Avila, incurrió en actos anticipados de campaña.
Asimismo ordenó al Instituto Electoral de ese estado que, por conducto del órgano correspondiente para ello, elabore un proyecto de resolución del procedimiento administrativo sancionador electoral 128 de este año y lo presente al Consejo General para su análisis y resolución.
DECLARA IMPROCEDENTE JUICIO DE CNC
Por otra parte, el pleno del máximo tribunal electoral desechó por improcedente un juicio presentado contra el dictamen de la Comisión Estatal de Procesos Internos de la Confederación Nacional Campesina (CNC) en Morelos.
Entre otras cuestiones, ese dictamen otorgó a Luis Félix Rodríguez Sosa el registro como candidato a dirigente de la CNC en Morelos para el periodo 2011-2015, así como la notificación de dicha determinación.
De acuerdo con el proyecto de sentencia, presentado por Flavio Galván y apoyado por unanimidad por los magistrados presentes, no se demostró la violación de derecho electoral alguno, en cuyo caso es procedente el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, también conocido como JDC.
Los magistrados detallaron que cuando una asociación civil forma parte de un partido político, debe regirse tanto por el derecho electoral como por el civil; si un derecho político electoral es violentado, procede el JDC, lo que en este caso no sucedió.
En sesión pública de este día, la Sala Superior del Tribunal Electoral federal resolvió un juicio de revisión constitucional electoral y otro juicio más para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC).
APR