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Sector Financiero

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CNBV recomienda a bancos no pagar más del 25% de dividendos

La CNBV puntualizó que los lineamientos serán aplicables tanto al pago de dividendos, como para cualquier mecanismo o acto que implique una transferencia de beneficios patrimoniales a los accionistas.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) recomendó a los bancos que operan en el país que, si determinan decretar dividendos, estos no excedan del 25% del monto neto de la suma de los resultados obtenidos en el 2019 y 2020. Lo anterior, explicó, ante la situación extraordinaria causada por la pandemia de Covid-19.

En marzo del 2020, en el inicio de la pandemia en México, el órgano regulador recomendó a los bancos abstenerse de acordar el pago de dividendos, así como recompras de acciones o cualquier otro mecanismo tendiente a recompensar a los accionistas.

En esta nueva recomendación dada a conocer el lunes, destacó que ante la situación extraordinaria, y con el objetivo de que puedan continuar con su compromiso de apoyar la economía, conservar su capital y absorber posibles pérdidas que puedan generarse en algunos escenarios, las instituciones que así lo determinen y se encuentren en cumplimiento de la normativa aplicable, decreten el pago de dividendos por lo que respecta a los ejercicios fiscales de 2019 y 2020, pero sólo hasta por el 25% del monto (neto en su caso) de la suma de los resultados obtenidos en estos años.

No obstante, resaltó que ello será bajo las siguientes restricciones: los Ejercicios de Suficiencia de Capital (ESC) para los años 2021 y 2022, deberán mostrar que la institución no estará sujeta a plan de acción preventivo para mantener los niveles mínimos de capital regulatorio; y que las instituciones que no hayan previsto el pago de dividendos en los ESC para el año 2021, y que pretendan hacer alguna distribución durante el presente ejercicio, previamente deberán justificar el cambio de decisión, detallando el impacto en las proyecciones originalmente presentadas tanto del escenario supervisor base como del adverso.

También, que el Índice de Capitalización (ICAP), calculado inmediatamente después de decretarse los dividendos, no deberá ser inferior al 13%; además que deberán entregar un informe en el que se demuestre que las reservas para riesgo crediticio, incluyendo las adicionales, son suficientes para soportar las pérdidas esperadas para el año siguiente al decreto de dividendos; y que en el cálculo de los dividendos a distribuir con relación a las utilidades del año 2019, deberán restarse los dividendos efectivamente pagados durante el ejercicio 2020.

Tratándose de instituciones de importancia sistémica local, resaltó la CNBV, éstas deberán justificar previamente a la comisión que el nivel de dividendos que desean decretar, es coherente con una estrategia encaminada a cumplir con el índice de capitalización mínimo que se requerirá con la entrada en vigor de las reglas de TLAC (Total Loss-Absorbing Capacity).

La CNBV puntualizó que estos lineamientos serán aplicables tanto al pago de dividendos, como para cualquier mecanismo o acto que implique una transferencia de beneficios patrimoniales a los accionistas; o bien, asumir el compromiso irrevocable de pagarlos por lo que respecta a los ejercicios fiscales de 2019 y 2020, incluyendo la distribución de reservas.

"Los lineamientos serán aplicables para el caso de recompras de acciones o cualquier otro mecanismo tendiente a recompensar a los accionistas”, enfatizó.

Las que no atiendan recomendación, deberán explicar motivos

El órgano regulador agregó que cualquier institución de crédito o grupo financiero que pretenda no seguir esta recomendación, deberá dar aviso por escrito dentro de los siguientes siete días hábiles a la fecha de emisión de la recomendación, suscrito por su director general, explicando las razones por las cuales determina no cumplirla, lo que además deberá hacerse del conocimiento público.

Sistema en su conjunto tiene fortaleza

La CNBV expuso que la emisión de esta recomendación reconoce que el dividendo es derecho económico de los accionistas, pero sin dejar de tomar en consideración que las instituciones no deben afectar su capacidad de absorber las potenciales pérdidas que pudieran presentarse como resultado en algunos escenarios de la pandemia y que, asimismo, requieren contar con recursos económicos suficientes para apoyar el financiamiento a la economía.

“Si bien persisten elementos de incertidumbre asociados con la duración del impacto de la pandemia, y se requiere capital para seguir apoyando el crecimiento vía el otorgamiento del crédito, también se considera que el sistema bancario mexicano en su conjunto tiene la fortaleza y capacidad para hacer frente a los retos que aún se tienen con motivo de la pandemia”, señaló.

Precisó que aunque el capital disminuye como consecuencia de la distribución de dividendos, este hecho no afecta la solvencia de una entidad cuando se han acumulado suficientes recursos propios en ejercicios anteriores, y mencionó que el Banco Central Europeo y los bancos centrales y autoridades de supervisión bancaria de diversos países, han flexibilizado las restricciones inicialmente establecidas en materia de pago de dividendos.

kg

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