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Deuda tendrá que ir a registro de patrimonio
El gobierno federal, estados y municipios así como Distrito Federal y delegaciones políticas tendrán que reportar de manera homogénea todo tipo de deuda que hayan contraído.
Por primera vez en la historia pública contable, el gobierno federal, estados y municipios así como Distrito Federal y delegaciones políticas tendrán que reportar de manera homogénea todo tipo de deuda que hayan contraído.
De acuerdo con las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, que emitió la Secretaría de Hacienda en el marco de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), deberán registrar toda clase de financiamiento a corto y largo plazos, deuda bancaria y no bancaria , emisiones bursátiles, así como provisiones de cualquier tipo de gasto devengado.
Se advirtió que los que no estén al día con las disposiciones de la LGCG, no podrán inscribir nueva deuda ante Hacienda en en el Registro de Obligaciones y Empréstitos.
Además se estableció que las entidades federativas y ayuntamientos tendrán hasta marzo del próximo año como fecha límite para cumplir con la creación de sus consejos de armonización contable, organismos estatales de fiscalización y de colegios de contadores.
INVENTARIO Y ACTIVOS
Según las reglas, en el registro se tendrá que anotar todo el inventario y almacenes, las obras públicas capitalizables, ya sea del dominio público o transferibles.
También los activos tangibles, reparaciones, adaptaciones o mejoras, reconstrucciones y gastos por catástrofes, así como estimaciones para cuentas incobrables. También depreciaciones, deterioro y amortizaciones, el tratamiento del IVA en el costo de adquisición, monto de capitalización, activos retirados del uso, bienes sin valor de adquisiciones o sobrantes y hasta los no localizables.
En materia de pasivos se tendrá que reportar las provisiones para demandas, juicios y contingencias, además de la deuda total, el reconocimiento del efecto de la inflación, las cuentas por cobrar, las estimaciones contables y los errores.
SISTEMAS TRANSITORIOS
Para el caso de los municipios más pequeños y de escasos recursos, la Secretaría de Hacienda dio a conocer los lineamientos para la aplicación de un sistema contable transitorio, ya que habrán de cumplir con los registros contables y presupuestarios a más tardar el 31 de diciembre.
Para los ayuntamientos con menos de 25,000 habitantes y con ingresos mayores a los 10 millones de pesos, se estableció un sistema de contabilidad gubernamental simplificado general.
Mientras que para los que tienen igual número de habitantes, pero con ingresos menores o igual a 10 millones de pesos, se sujetarán a un sistema de contabilidad gubernamental simplificado básico.
En ambos casos se hará una evaluación en un plazo no mayor a tres ejercicios para que puedan migrar al sistema de contabilidad gubernamental nacional.
La LGCG prevé que también estén en condiciones de generar en forma automática y en tiempo real, estados de ejecución presupuestal, contables y económicos.
lflores@eleconomista.com.mx