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Economía

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Ilegal, cobrar el IVA al solicitar factura

Condicionar la emisión podría derivar en la clausura de un negocio: SAT.

Los establecimientos que condicionan el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a sus clientes por la emisión de una factura electrónica incurren en una práctica fiscal ilegal que podría derivar en la clausura de un negocio, alertó Ernesto Luna.

El administrador general de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) indicó que por ley (en el artículo 32 fracción tercera de Ley del IVA) está regulada la obligación de los contribuyentes de expedir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFD-I) sin condicionar el cobro del gravamen.

Quienes ponen de requisito aumentar o cobrar el IVA para efectos de expedir una factura electrónica comenten una práctica ilegal; una práctica indebida que será sancionada , enfatizó.

De acuerdo con datos del órgano recaudador del país, al 28 de febrero del 2015 se recibieron 423 denuncias de personas a las que se les solicitó un pago adicional para efectos de expedir una factura, y se contabiliza la clausura de cuatro establecimientos por incurrir en dicha falta.

En entrevista, Luna exhortó a las personas a denunciar este tipo de prácticas ilícitas; precisó que en caso de que un establecimiento le condicione el cobro del IVA para expedir una factura deberá levantar de inmediato una queja en la página de Internet del SAT.

Para detener este tipo de abusos y mejorar el esquema fiscal del país es indispensable que los clientes denuncien cuando se les condicione el pago del IVA por la expedición de un comprobante , comentó.

Por su parte, Rafael Gómez, director general de Orientación y Asesoría al Contribuyente de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), se pronunció a favor de que los contribuyentes denuncien este tipo de prácticas ilícitas.

Cuando los contribuyentes condicionan el pago del IVA a sus clientes incurren en una omisión fiscal, ya que no declaran y facturan el impuesto que obtienen por sus actividades , afirmó Gómez.

Luna adelantó que en el transcurso de los meses no se descarta la posibilidad de que se anuncie un criterio no vinculativo para que los negocios en el país dejen de condicionar la emisión de las facturas por el cobro del Impuesto al Valor Agregado.

Con base a las denuncias de la población y a las investigaciones que hace el propio SAT se establecen criterios no vinculativos para detener prácticas fiscales indebidas. De tal manera, podríamos anunciar modificaciones para regular esta práctica ilegal , dijo.

Bajo este escenario, el administrador general precisó que se continuarán realizando visitas domiciliarias, así como también inspecciones para la revisión de la entrega de los CFD-I al instante.

Además, comentó que se continuarán supervisando los establecimientos a efecto de que las personas físicas y morales cumplan con sus obligaciones fiscales y no cometan irregularidades.

Información del SAT indica que del 1 de enero al 20 de marzo del 2015 se han realizado 2,364 verificaciones en la materia, de las cuales 1,850 han sido con observaciones por no expedir los comprobantes o por condicionar la expedición de la factura al cobro del IVA o cualquier otro impuesto.

Luna reveló que en lo que va del año se interpusieron 577 multas que derivaron en una recaudación para las arcas del gobierno de 4.8 millones de pesos. De las 1,850 verificaciones con observaciones, 1,273 se encuentran en un proceso de emisión de multas.

Precisó que aún se tiene un porcentaje de incumplimiento de 78% por parte de los contribuyentes que todavía no acatan los lineamientos, por lo que, dijo, continuará la vigilancia a los contribuyentes y el SAT actuará en cada denuncia en beneficio del erario del país.

Enfatizó que las multas por no entregar la factura al instante o condicionar el pago del IVA por la entrega del comprobante van desde 1,210 pesos hasta 7,580 pesos.

Desde el SAT se continuarán realizando acciones de vigilancia y de corrección, además se actuará en consecuencia por los daños que esto trae tanto a la población como al erario federal. Estos ingresos que no se amparan en un comprobante no se acumulan en las arcas del gobierno , concluyó.

karla.gomez@eleconomista.mx

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