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Comisiones del Senado avalan reforma a justicia laboral

El dictamen establece que, en la elección de las directivas sindicales, en la disputa por contrato colectivo de trabajo y en el emplazamiento a huelga para firma de contrato, la autoridad tendrá que verificar mediante recuento que la mayoría del sindicato esté o no de acuerdo.

Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República aprobaron en lo general, reformas a los artículos 107 y 123 de la Constitución, en materia de justicia cotidiana laboral, propuestas por el Ejecutivo federal el pasado 28 de abril.

El coordinador de los Senadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Miguel Barbosa advirtió que el Dictamen en materia de justicia laboral contiene la anulación del derecho de huelga.

Con el respaldo de los senadores del Partido Acción nacional (PAN), las comisiones acordaron que todas las reservas se llevarán al Pleno del Senado para su discusión y votación.

El senador Javier Lozano Alarcón expuso que el dictamen busca que sea una sola instancia del poder judicial la que desahogue una controversia laboral, sea federal o local. Con lo anterior se extinguirían las juntas de conciliación y arbitraje, asociadas al esquema tripartita de impartición de justicia laboral, donde concurrían gobierno, patrones y trabajadores.

El legislador por Puebla calificó a esta reforma como trascendental, ya que, agregó, otro de los cambios que contiene es de garantizar a nivel constitucional el voto universal, libre, directo y secreto de los trabajadores, para efectos de elegir a su directiva .

Expuso que, en la elección de las directivas sindicales, en la disputa por contrato colectivo de trabajo y en el emplazamiento a huelga para firma de contrato, la autoridad tendrá que verificar mediante recuento que la mayoría del sindicato esté de acuerdo o no.

El senador Miguel Barbosa Huerta, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, indicó por su parte, que en la redacción final del dictamen sobre justicia cotidiana laboral se pretende limitar el principio de autonomía de huelga al establecer una verificación de la mayoría para el emplazamiento a huelga, situación que no fue contemplada ni por el Ejecutivo, ni en los foros que se llevaron a cabo sobre el tema.

La verificación de una mayoría del sindicato para poder hacer el emplazamiento, eso sí es algo nuevo, eso sí no ha sido motivo de consulta, eso no ha sido motivo de una toma de opinión de los diversos sectores laborales que representamos los distintos partidos políticos. Es una sorpresa , aseveró.

Para el senador Luis Sánchez las modificaciones a la fracción XVIII del Apartado A del Artículo 123 Constitucional, al dictamen de justicia laboral incluidas a última hora, acaban de facto con el Derecho a Huelga, se volaron la barda, ya que este anhelo empresarial de limitar este derecho lo llevan ahora a la Constitución .

ana.langner@eleconomista.mx

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