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Nuevo etiquetado también debe considerar atributos positivos del producto: Cofece

Con base en el anteproyecto, los productos quedarían impedidos de agregar información adicional sobre sus propiedades nutrimentales y saludables, alertó.

An employee arranges cereal boxes for sale at a supermarket in Jerusalem

An employee arranges cereal boxes for sale at a supermarket in JerusalemREUTERS, X90084

Además de proporcionar información que permita a las personas tomar decisiones responsables de consumo, el nuevo etiquetado de alimentos y bebidas debe favorecer el proceso de competencia entre las empresas de estos mercados, consideró la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

En una serie de recomendaciones que emitió sobre el Anteproyecto de modificación de la “Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria”, la Cofece consideró que conforme a éste, los productos obligados a portar un sello frontal de advertencia quedan impedidos de agregar información adicional sobre sus propiedades nutrimentales y saludables.

“El consumidor requiere de más datos sobre las características específicas de cada uno, que le faciliten distinguir y elegir el que más le convenga entre aquellos alimentos o bebidas con un mismo sello de advertencia, pero con elementos diferenciadores”, opinó.

Otro punto que la Cofece considera debe permitir el sistema de etiquetado es que las empresas mantengan incentivos para investigar y desarrollar nuevos productos de mayor calidad. “El Anteproyecto prohíbe que los productos con sello por exceso de alguna de las sustancias reguladas contengan declaraciones de recomendación o respaldo de sociedades y asociaciones de profesionales, lo que podría limitar la capacidad de las empresas para ofrecer información a los consumidores sobre las características positivas de sus productos y reducir los incentivos de estas para invertir en investigación y desarrollo”.

Otro punto que destaca es que, conforme al Anteproyecto, queda prohibido para los productos que porten sellos de advertencia, el uso de personajes, dibujos, celebridades, regalos, ofertas, juguetes o anuncios en redes sociales. La Cofece recomienda que la normatividad debe ser flexible para permitirles implementar estrategias para promocionar y colocar sus productos en el conocimiento del consumidor. “No se debe limitar la capacidad de las empresas para competir entre ellas, sobre todo para no dejar en desventaja a las nuevas o aquellas que cuentan con menor reconocimiento de marca”.

El 8 de noviembre del 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de la Salud en materia de sobrepeso, obesidad y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas. En dicha publicación se modificaron, entre otros artículos, el 212 en el cual se estipuló que las etiquetas deberán incluir información nutrimental de fácil comprensión, además de que la Secretaría de Salud podrá ordenar la inclusión de leyendas o pictogramas en los productos alimenticios.

“El Anteproyecto establece ciertas especificaciones en el etiquetado frontal de alimentos y bebidas para que —mediante sellos de advertencia sobre el exceso en contenidos de calorías, azúcares añadidos, sodio, grasas y grasas saturadas— los consumidores tomen sus mejores decisiones de consumo”, comentó el órgano antimonopolios.

“La Comisión encontró áreas de oportunidad para que, además de asegurar que estos requisitos efectivamente provean información útil para las personas, también favorezca la capacidad de las empresas para diferenciarse ante los consumidores”, mencionó.

Lo que recomienda la Cofece:

• La provisión al consumidor de información veraz, suficiente y clara sobre el contenido de los productos, de tal forma que pueda realizar mejores decisiones de consumo.

• La señalización y diferenciación de atributos de calidad, de manera que se fomente la competencia entre alimentos y bebidas que cumplan con la norma.

• La diferenciación entre competidores a través del etiquetado y de otras formas de dar a conocer las características de sus productos.

empresas@eleconomista.mx

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