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Promulgan cambios al Artículo 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos quitando asimetría a Pemex

El poder ejecutivo promulgó con la publicación en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley de Hidrocarburos en la que se eliminó el Artículo 13 Transitorio, quitando la regulación asimétrica para Pemex en el mercado de combustibles, para que no exista techo a su dominancia frente a sus competidores.  

Foto EE: Archivo

Foto EE: Archivo

El poder ejecutivo promulgó este miércoles con la publicación en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley de Hidrocarburos en la que se eliminó el Artículo 13 Transitorio, quitando la regulación asimétrica para Petróleos Mexicanos (Pemex) en el mercado de combustibles, para que no exista techo a su dominancia frente a sus competidores.  

Luego de eliminar las reglas en las que se facultaba a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a definir mecanismos de asimetría mediante una reglamentación y acuerdos, que desde el 2015 incluyeron ordenamientos a Pemex como publicar las tarifas de sus servicios previamente y los criterios y montos para otorgar descuentos, se deroga a partir de este jueves el ordenamiento anterior, que fue sustituido por un nuevo texto.  

“Al haberse logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados, se deja sin efectos la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios”, refiere ahora el 13 Transitorio de la Ley de Hidrocarburos.  

Además, en un segundo párrafo añadido establece que “la enajenación que realicen Petróleos Mexicanos, sus empresas productivas subsidiarias, o una persona moral, por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización en términos de lo establecido por la presente Ley y sus reglamentos, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación previstos en la misma”. 

Respecto a la propia promulgación y conforme a los principios legislativos del país, en un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Comisión Reguladora de Energía deberá dejar sin efectos los acuerdos, disposiciones administrativas de carácter general, resoluciones y lineamientos relacionados con la imposición de principios de regulación asimétrica a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, bajo la atribución concedida por la disposición transitoria que se reforma este decreto. 

De acuerdo con la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) al llegar al 2020, Pemex es el principal proveedor mayorista del mercado de gasolinas con 86.8% del mercado de gasolinas y 72.2% de diésel, a pesar de que existen múltiples marcas de comercialización al público.   

De ahí que luego de la discusión luego de una convocatoria con carácter de urgente para dictaminar esta reforma en la Comisión de Energía de la Cámara de diputados, la presidenta de la Cofece, Alejandra Palacios, advirtió que eliminar la asimetría que se aplica a Pemex en el mercado mayorista de combustibles, costará caro a todos los mexicanos, tanto por la elevación de precios como por las sanciones que deberá pagar la estatal por incumplimientos a las reglas de competencia vigentes.   

Seguir protegiendo a Pemex así nos va a acabar costando carísimo a los mexicanos”, advirtió Palacios.  

Entre los ordenamientos que se lograron para regular la competencia, que se derogaron con esta reforma, es que Pemex no puede atar las ventas de franquicias y comercialización; no puede establecer exclusividades para vender; debe reportar a la CRE y hacer pública la información relacionada con descuentos y los criterios para acceder a ellos con el fin de que no se otorguen de manera discriminatoria; debe presentar sus modelos de contratos de comercialización para ser evaluados por la CRE, y debe reportar al regulador el desglose del cálculo de los precios de venta de gasolinas y diésel, así como los productos sujetos a ventas de primera mano.   

“Son importantes porque una empresa con alta participación de mercado puede ejercer su poder, no sólo elevando su precio de venta sino también imponiendo condiciones de venta anticompetitivas a quienes le quieran comprar gasolina al mayoreo”, aseguró la titular del regulador antimonopolios.   

Esta promulgación se añade a la modificación que el Ejecutivo realizó a la misma Ley pero a seis artículos para dar facultades a la Secretaría de Energía y a la CRE de negar y cancelar permisos de importación, distribución y comercialización de combustibles, con el fin de que Pemex deje de perder participación en este mercado.  

Dicha reforma, igual que la también aprobada por el Congreso para limitar la participación de privados en generación de electricidad en la Ley de la Industria Eléctrica, se encuentran suspendidas de forma definitiva, hasta la sentencia de los jueces especializados en competencia económica que se pronunciaron a favor de los demandantes de más de 400 amparos interpuestos hasta ahora contra estos cambios.  

karol.garcia@eleconomista.mx 

Karol García es reportera de Empresas y Negocios.

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