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Reforma sobre hidrocarburos, con carácter expropiatorio: abogado
La iniciativa busca la cancelación de permisos de importación de combustible por ser “una amenaza para la seguridad energética”, pero esa interpretación sería discrecional, explican en Lexoil Consultores.
La iniciativa que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados para reformar la Ley de Hidrocarburos permitiendo la revocación y negación de permisos para importación, distribución y comercialización de combustibles enfrentará amparos que se centran en tres argumentos: la retroactividad de derechos adquiridos de los quejosos, las violaciones a la libre competencia y la expropiación de facto que provocará la suspensión de permisos.
Así lo explicó Carlos Vallejo Galván, abogado del sector energético en Lexoil Consultores, para quien la mayor violación ante la cual se defenderá la industria será la modificación al Artículo 59 Bis de la Ley, que permite la suspensión provisional de permisos como una intervención que puede ser interpretada como una expropiación de facto en que se deja a la libre interpretación al arbitrio o capricho de la autoridad si los permisos tienen afectaciones a la seguridad energética, nacional o a la economía del país.
“De nueva cuenta serán los juzgados en materia de competencia los que no se darán abasto con los amparos que puedan interponerse porque se está vulnerando la certidumbre jurídica respecto a los permisos para las actividades del downstream y midstream del sector de hidrocarburos”, dijo el experto.
Sin embargo, detalló que la iniciativa, que no tiene carácter preferente, es una especie de proceso de decantación, a través del cual muchos de los permisionarios pudieran quedar fuera del mercado ya que si bien son titulares de un permiso, se volvieron especuladores del mercado, por lo que al existir más requisitos que no pudieran cumplir dejarían de ser agentes competitivos.
“Desafortunadamente muchos permisionarios, en específico “comercializadores” se volvieron simples traders o especuladores que calentaban el mercado y que desde un teléfono celular sentados en cualquier cafetería hacían operaciones comerciales de petrolíferos”, aseguró.
Además, detalló que otros permisionarios se volvieron huachicoleros fiscales, al estar realizando operaciones de importación de petrolíferos afectando el mercado, a los permisionarios que operan en regla pero sobre todo al consumidor final y a la hacienda pública al evadir los impuestos correspondientes.
Respecto al almacenamiento de petrolíferos, explicó que muchos regulados no han cumplido con la misma, ya que no hay suficientes terminales de almacenamiento en el país que puedan dar el servicio de almacenamiento físico de los productos, ya que tienen comprometida su capacidad con alguien más y en otros casos quedan muchos proyectos sin concluir; por lo que respecta a la venta de tickets, no hay regulación en la materia que permita dar certeza al Regulado sobre la compra de estos derechos financieros.
Antecedente de importación
Como un antecedente a esta Ley, la Secretaría de Energía y la Secretaría de Economía publicaron desde el 26 de diciembre un acuerdo para recortar de 20 a cinco años las vigencias de los permisos de importación de petrolíferos al país, mismo que fue suspendido hasta la sentencia del juicio de amparo que el juez de distrito especializado en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó a un grupo que particulares.
Entonces, la Comisión Federal de Competencia Económica sentenció respecto a la concepción de los permisos del sector que tiene la presente administración que “lo convierte en un instrumento de política pública para controlar la balanza energética, fomentar el cumplimiento de obligaciones fiscales y aduaneras, así como evitar fraudes y contrabando”.
Respeto a la negativa de facto que nuevamente se plantea para el otorgamiento de permisos transcurridos 90 días naturales (luego de que en el Acuerdo para reducir la vigencia de permisos de importación se pretendía su aplicación a los 12 días) Eduardo Téllez Cortés, presidente de la Asociación Nacional de Importadores de Hidrocarburos y Derivados pidió “eliminar la negativa ficta para el caso de resolución de otorgamiento o rechazo del permiso y, en su caso, se obligue a la autoridad a exponer de manera puntual cuales fueron las causas por las cuales se negó el permiso, con el propósito de subsanar los requisitos en caso de querer ingresar una nueva solicitud y otorgar certeza jurídica al acto administrativo”.