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AmCham pide más tiempo para entrada en vigor de regulación sobre e-commerce

La propuesta de la cámara es que el plazo sea de al menos 12 meses y no a partir de enero de 2025, como se estableció originalmente.

Actualmente, la legislación contempla el término comisionista o corresponsal sólo para establecimientos con presencia física. Foto: Shutterstock

Actualmente, la legislación contempla el término comisionista o corresponsal sólo para establecimientos con presencia física. Foto: Shutterstock

La Cámara Americana de Comercio (AmCham) pidió a la Secretaría de Economía alargar el periodo de la entrada en vigor para una nueva regulación en proceso de revisión relacionada con las importaciones a través de plataformas de comercio electrónico. 

El gobierno federal prepara la emisión de un acuerdo para regular el número de envíos, la trazabilidad y la información comercial correspondiente con la protección del consumidor en los productos importados por las plataformas de comercio electrónico mediante servicios de mensajería y paquetería.

“Con el objeto de contribuir a su implementación, respetuosamente solicitamos otorgar un periodo de al menos 12 meses para su entrada en vigor a efecto de contar con un tiempo razonable que permita una transición ordenada para que las plataformas de comercio electrónico, y las empresas de mensajería y paquetería, implementen las adecuaciones técnicas y operativas necesarias”, solicitó la AmCham.

Gerardo Arana, secretario técnico del Comité de Comercio Exterior y Logística de la AmCham, hizo esta petición como parte del proceso de revisión que lleva a cabo la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Cofemer).

“El periodo actual -plazo de dos meses hasta enero de 2025- no es suficiente para que los actores involucrados lleven a cabo las inversiones necesarias para ajustar sus sistemas operativos y cumplir cabalmente con las obligaciones establecidas. Implementar estos cambios de forma apresurada podría generar problemas operativos, riesgo de incumplimiento involuntario y afectaciones en el servicio a los consumidores finales”, agregó Arana.

Las importaciones relacionadas con este acuerdo se entregan mediante los servicios de mensajería y paquetería o cualquier otro servicio de entrega prestado por un tercero, cuyo valor en aduana no exceda de 2,500 dólares.

Además, las mercancías que se importen con pedimento y procedimiento simplificado por estos mismos medios no deberán rebasar 10 importaciones por mes, ya sea por destinatario o consignatario, y deberán cumplir con la información comercial relacionada con la protección del consumidor.

Por su parte, en el mismo proceso de revisión, la Asociación Nacional Mexicana de Empresas Courier (ANMEC) solicitó un plazo mínimo de seis meses de implementación para los involucrados y que no se exente el periodo de consulta regulatoria, ya que se advierte que pudieran haber otros actores que tendrían impactos por esta regulación.

La ANMEC argumentó que si bien se generaron mesas de diálogo sobre esta regulación, los ajustes que comprende requieren de cambios a nivel informático y de sistemas de riesgo importantes, que necesitan de un plazo de implementación superior al establecido en el acuerdo.

“Por mencionar algunos, los cambios comprenden cambiar y/o ajustar sistemas de almacenes, tener conversaciones con la Aduana sobre su cumplimento, así como buscar empresas que puedan realizar los etiquetados. Inclusive, se considera relevante consultar a la Agencia Nacional de Aduanas de México, sobre el tiempo que requieren internamente para hacer ajustes a sus sistemas informáticos para la correcta fiscalización del cumplimiento de este cambio normativo”, dijo.

El acuerdo establece que las plataformas de comercio electrónico deberán recabar el RFC o CURP de los destinatarios o consignatarios, así como el domicilio de entrega, y proporcionarlos a las empresas con quienes se contrate el servicio de traslado y entrega de los productos vendidos a través de su plataforma electrónica.

Estos datos serán tratados y protegidos de conformidad con las disposiciones aplicables, aunque esto no aplicará tratándose de personas físicas extranjeras sin residencia, ni a otros envíos.

Gráfico EE

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