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La necesidad de la innovación
Las palabras innovación, disrupción1 y transformación digital se han vuelto virales y atractivas en cualquier tipo de industria y foro. Son palabras que nos gustan porque simbolizan el cambio radical del mundo en que vivimos. Sin embargo, el significado de estas palabras también puede afectarnos como abogados.
Compañías como Atari, Kodak, Blockbuster y Nokia, e industrias como la discográfica, los taxistas, hoteles o bancos, con capital, experiencia, posición favorable en el mercado y numerosos empleados, son derribadas por emprendedores que en su momento contaban con recursos limitados, y en este sentido los servicios legales no parecen ser la excepción.
A raíz del avance exponencial de la tecnología2 se observan tres principales acciones a las que debe enfrentarse la práctica jurídica: confianza en las TIC, nuevas habilidades y retar al statu quo.
La confianza en las TIC deriva de que México cuenta desde hace más de 18 años con legislación que permite el uso de tecnología para celebrar actos jurídicos en diversas materias. Sin embargo, jueces y autoridades no se sienten aun cómodos con el manejo de pruebas electrónicas, lo que desincentiva a su vez el uso de los medios electrónicos en la práctica jurídica. Sólo algunos aventureros lo realizan a pesar del riesgo.
El segundo paradigma refiere a ampliar el expertise en materias como privacidad, firmas y contratos electrónicos, derechos de autor en la red, ciberseguridad, teletrabajo, fintech, etcétera, conocimientos ya requeridos para dar asesoramiento a nuevos modelos de negocio como plataformas móviles, identificación biométrica y economías colaborativas.
Retar el status quo es reflexionar que, en un mundo donde todo puede estar conectado, inmediato, ubicuo y desintermediado, la forma usual de practicar el derecho ya no es suficiente. Actualmente, es posible democratizar y masificar los servicios legales utilizando robots para automatizar tareas repetitivas o responder asesorías rutinarias a través de chats; usar inteligencia artificial para solucionar controversias y problemas legales, o utilizar el blockchain para generar contratos o hasta sentencias inteligentes3, logrando mayor confianza y calidad en nuestro trabajo.
Por todo lo anterior, es el momento de aplicar fuertes cambios en nuestro actuar como juristas, haciendo a un lado el mayor obstáculo de la innovación: la búsqueda continua de certidumbre. La mayoría de los abogados tienden a desacreditar toda aquella iniciativa que tenga riesgos. Generalmente les agrada sólo aquello que mejora su eficiencia o rentabilidad, desalentando aquello que cambia radicalmente la forma en la que hacen las cosas. Sin embargo, hoy no se debe pensar en lo que pueden o dejan de ganar, sino en lo que pueden perder.
1 Término acuñado en 1995 por Clayton M. Christensen refiriéndose a aquella innovación que conduce a la aparición de productos y servicios que producen ruptura brusca en el estatus quo.
2 El cofundador de Intel, Gordon E. Moore, calculó que la capacidad de los microchips se duplicaría cada dos años, esto se conoce como la Ley de Moore. Hoy, personas en África solo con su dispositivo móvil, cuentan con mayor capacidad tecnología que el presidente de E.U. Ronald Reagan en 1981.
3 Un contrato o sentencia inteligente es un registro en un programa de computo en el que aseguran y ejecutan acuerdos y/o resoluciones de forma automática, como resultado de que se cumplan una serie de condiciones específicas.