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Geopolítica

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Corte Suprema rechazó per saltum en Argentina

La Corte Suprema de Justicia de Argentina rechazó el per saltum que había planteado el Ejecutivo para que el Máximo Tribunal resolviera rápidamente sobre la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La Corte Suprema de Justicia de Argentina rechazó el per saltum que había planteado el Ejecutivo para que el Máximo Tribunal resolviera rápidamente sobre la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y, al mismo tiempo, ratificó la medida cautelar que la mantiene suspendida.

Además, exhortó a la Cámara Civil y Comercial Federal, que ahora tiene a estudio el expediente, a que emita rápidamente una sentencia sobre la cuestión de fondo , esto es la constitucionalidad o no de los artículos que establecen la cantidad máxima de licencias que puede tener un grupo económico y la cláusula de desinversión.

Clarín sería el principal afectado de aprobarse la Ley de Medios. Según el gobierno el grupo excede varios de los límites pues posee 25 licencias entre radios AM y FM; TV abierta y otros servicios y la ley reduce a 10 la cifra.. Entre estos activos se destacan Canal 13; Radio Mitre y varias señales de cable como TN, Metro, Magazine, Rural.

El Gobierno también dice que Clarín supera la cuota de 35% de market share para el servicio de cable. Según el Afsca, Cablevisión posee 58 por ciento. Debería reducir 23% ese share ya que la Ley de Medios establece el máximo en 35 por ciento.

Adicionalmente, debería ceder al menos 213 licencias de cable, ya que el artículo 45 de la ley sólo permite 24.

La Corte aspira a tratar en el menor tiempo posible la validez de los dos artículos cuestionados y si bien no fijó un plazo concreto, fuentes del tribunal admitieron como fecha tentativa para ello el mes de marzo de 2013.

Esta decisión fue votada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, pero con la disidencia de Raúl Zaffaroni, quien coincidió con el dictamen de la víspera de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien se había pronunciado por revocar la prórroga de la cautelar.

Lo hizo pese a que el Estado no expresó agravios (no objetó ese punto) y con el voto de seis de los jueces, con excepción de Carmen Argibay, quien no estuvo presente cuando la Corte adoptó esa decisión, el 22 de agosto pasado.

En los hechos, los dos fallos que dictó la Corte mantienen la vigencia de la suspensión de la aplicación de la Ley sólo para el Grupo Clarín y descarta la posibilidad de tratar el tema inmediatamente porque el per saltum no es procedente ante un fallo favorable.

Contenido de la Red Iberoamericana de Prensa Económica

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