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Opinión

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Nuevo revés a Morena en tribunales

El decreto interpretativo aprobado hace dos semanas por Morena y sus aliados en el Congreso ha iniciado su predecible naufragio. La intención de la mayoría oficialista era modificar el concepto de propaganda gubernamental para que los servidores públicos de la 4T pudieran participar en la campaña a favor del presidente de la República dentro del proceso de revocación de mandato.

El propio presidente López Obrador se sumó a la intentona morenista. El Senado aprobó el decreto en fast track el pasado 11 de marzo, y ese mismo día el titular del Poder Ejecutivo lo promulgó en la edición vespertina del Diario Oficial. No había tiempo que perder, querían que entrara en vigor lo antes posible.

El presidente López Obrador parece haber caído en un círculo vicioso conforme el ocaso de su gobierno se aproxima. Ante los malos resultados, el político tabasqueño se refugia en la lealtad ciega de los oportunistas y los incompetentes que lo rodean. De la legión de los incondicionales del decreto interpretativo.

Sus promotores en la Cámara de Diputados apostaron a la debilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Su intervención para resolver la acción de inconstitucionalidad anunciada por los legisladores de oposición llegaría una vez transcurrida la jornada revocatoria. Además, no sería fácil que se juntara la mayoría calificada (ocho de once votos) para declarar la inconstitucionalidad del decreto.

Sin embargo, en materia electoral existen otras vías más rápidas para activar el control de constitucionalidad. El activismo de los gobernadores de Morena en redes sociales a favor de la ratificación de López Obrador dio lugar primero a la intervención del INE y luego el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Movimiento Ciudadano presentó una queja en contra de Layda Sansores, gobernadora de Campeche, y Morena por la publicación en Twitter y Facebook de una carta de respaldo al presidente López Obrador, firmada por los gobernadores de la 4T. El quejoso solicitó que se detuviera la difusión del escrito en tanto la autoridad electoral determinaba su legalidad.

El decreto interpretativo puso a la Comisión de Quejas del INE ante un dilema. Si aplicaba el nuevo concepto de propaganda gubernamental debía denegar las medidas cautelares, pues la difusión en redes sociales no parecía tener un costo para el erario. Pero, si mantenía la definición del TEPJF, como expresiones de servidores públicos que resaltan logros y accciones de gobierno, tendría que concederlas.

El INE ordenó suspender la difusión del escrito de los gobernadores de la 4T. Morena impugnó el acuerdo de medidas cautelares ante la Sala Superior del TEPJF. En los términos del decreto interpretativo, alegó que dicho escrito no podía considerarse propaganda gubernamental porque su difusión no se pagaba con recursos presupuestales.

Hasta el día de ayer por la tarde, el TEPJF se preparaba para declarar la inaplicabilidad del decreto interpretativo. El proyecto de sentencia circulado proponía confirmar las medidas cautelares emitidas por el INE a partir de dos argumentos.

En primer lugar, el nuevo concepto de propaganda gubernamental de la 4T excede los límites de la interpretación auténtica al introducir una excepción no prevista en la ley ni la Constitución. En segundo lugar, el decreto interpretativo, aprobado a unas semanas de la jornada revocatoria, viola el artículo 105 de la Constitución que prohibe realizar cambios legales fundamentales, 90 días antes de un proceso electoral y hasta su conclusión.

El proyecto de sentencia es una buena noticia para el Estado de derecho y un revés para Morena. De aprobarse, el decreto interpretativo quedaría como otra ocurrencia más de la 4T que falla la prueba de constitucionalidad.

*Profesor del CIDE.

Twitter: @BenitoNacif

El Dr. Benito Nacif es profesor de la División de Estudios Políticos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE). Fue Consejero Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) del 2014 al 2020 y del Instituto Federal Electoral (IFE) del 2008 al 2014.

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