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Poder judicial podría estar exento
El proyecto de reducir el salario de los trabajadores de la Administración Pública Federal, en específico de los altos mandos, como ha propuesto el virtual presidente electo de la República, López Obrador, podría no aplicarse a todos los servidores públicos.
El proyecto de reducir el salario de los trabajadores de la Administración Pública Federal, en específico de los altos mandos, como ha propuesto el virtual presidente electo de la República, Andrés Manuel López Obrador, podría no aplicarse a todos los servidores públicos.
Hace algunos días, el mismo presidente de la Suprema Corte y de la Judicatura Federal, Luis María Aguilar, se pronunció en el marco de la conmemoración del Día del Abogado, sobre que los salarios de los funcionarios del Poder Judicial deben ser “dignos”.
“Las condiciones de seguridad, estabilidad, remuneraciones dignas y capacitación no son en beneficio personal de los juzgadores, ni mucho menos privilegios inconfesables de éstos, sino condiciones necesarias para un servicio público indispensable, ineludible”, expresó.
En este sentido, el catedrático de la UNAM, Alberto del Castillo del Valle, indicó que en el caso del Poder Judicial la resolución de bajar los salarios podría verse complicada debido al marco legal vigente.
“En el caso, por ejemplo, del Poder Judicial, el Artículo 94 en su decimoprimer párrafo de la Constitución dice que las remuneraciones que perciben por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de distrito, los jueces de distrito y los consejeros de la judicatura federal, así como los magistrados electorales no podrán ser disminuidas durante su encargo”, precisó.
Otro sector del servicio público que podría mantener sus salarios son los órganos autónomos del país indicó, a su vez, el politólogo y catedrático del Tec de Monterrey, Gustavo López Montiel.
“Estos órganos tienen autonomía de gestión en donde ellos mismos ubican sus propios sueldos y piden su propio presupuesto entre los que se encuentran el INAI (Instituto de Transparencia), entre otros, que tal vez ahí sería más complicado porque se requeriría hacer una ley”, indicó.
Por su parte, el investigador del Instituto de Investigaciones Jurídica la UNAM, César Astudillo, precisó que el artículo constitucional que de manera más amplia aborda el tema es el 127, que precisa que nadie podrá ganar más que el presidente de la República.
Sin embargo, dijo, “hay otros artículos (diferentes al 127) que establecen algo que se llama garantía económica (como en el artículo 94) y lo que hace es proteger a ciertos funcionarios públicos para que en el tiempo de su encargo no puedan ver disminuidas sus prestaciones económicas”, con el objetivo de blindar su trabajo ante las decisiones políticas que se toman y dentro de los cuales se encuentran algunos órganos autónomos.
Astudillo afirmó que para homologar la decisión de bajar los salarios a los funcionarios públicos, incluidos los magistrados, ministros y jueces, entre otros servidores públicos que ganan muchas veces más que sus homólogos de países desarrollados, se deberá realizar una reforma constitucional para alinear los diferentes artículos que versan sobre el tema.
INE no pudo bajarse el sueldo
El año pasado, dos meses después de que el INE propusiera, entre otras medidas de austeridad, reducir 10% las remuneraciones de los consejeros electorales e integrantes de la Junta General Ejecutiva ampliada, el Tribunal Electoral resolvió la improcedencia del ofrecimiento.
La máxima autoridad en materia electoral resolvió, el 9 de marzo, que la Junta General Ejecutiva del INE carecía de facultades para aprobar una disminución salarial de los consejeros y funcionarios del organismo autónomo.
El fallo fue la respuesta al recurso de impugnación interpuesto por el consejero electoral Benito Nacif, inconforme con la propuesta. El objetivo del recurso legal, según él, era simplemente revisar si la decisión del INE no transgredía la Constitución.