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Política

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Reos, sin derecho a votar ni a ser votados

Las personas que se encuentren encarceladas no tienen derechos políticos a pesar de obtener libertad condicional, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al descartar modificar una jurisprudencia en sesión de pleno.

Las personas que se encuentren encarceladas no tienen derechos políticos a pesar de obtener libertad condicional, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al descartar modificar una jurisprudencia en sesión de pleno.

Con una mayoría de seis a cuatro, los ministros del Máximo Tribunal descartaron la solicitud de un tribunal colegiado de sustituir el criterio de jurisprudencia para que una persona sentenciada pudiera ejercer su derecho a votar y ser votada.

Tras dos sesiones de debate, la SCJN falló de ese modo debido a que la sentencia impuesta no se ha extinguido y por ello no puede recuperar el ejercicio de sus derechos políticos.

Al respecto, el ministro Fernando Franco González Salas expresó que consecuentemente, la pena se extingue, sea en prisión o sea que esté suspendida y esté en libertad bajo ciertas condiciones el condenado, una vez que transcurre el tiempo que se le dio a la pena .

Luis María Aguilar, ministro de la SCJN, expuso que de considerar a una persona que tiene una pena de prisión y está en una libertad relativa, electa para un cargo público y posteriormente se le revocara esta condición, tendría que dejar el puesto con el perjuicio social que ello implica.

En contraste, uno de los cuatro ministros que estuvieron en contra de ratificar la jurisprudencia, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, concluyó que entre las distintas interpretaciones posibles debe preferirse aquella que limita menos el derecho, es decir, que la suspensión de derechos políticos existe solamente cuando la persona está privada de su libertad, mientras que Juan Silva Meza se manifestó también en contra del proyecto.

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