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Salario del presidente, en el aire
En la Cámara Alta además se solicitó una prórroga para legislar en la materia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite una controversia constitucional interpuesta por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) contra la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo Federal, la cual busca se precise cuál es el monto del salario del presidente de la República, incluidas todas las prestaciones que recibe.
Ésta es la cuarta controversia constitucional que recibe el máximo tribunal del país sobre este tema. El Banco de México (Banxico), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) también han solicitado a la SCJN se pronuncie sobre el salario del mandatario federal.
“Al respecto, de la lectura de la demanda que da origen a este medio impugnativo, se observa que existe conexidad entre la presente controversia constitucional y la diversa 358/2019, promovida por el Banco de México, dado que en dicho asunto se impugna el decreto legislativo que se refiere al mismo tema jurídico”, se lee en la lista de notificaciones dada a conocer por la Corte.
Estas instituciones señalan que en el presupuesto de Egresos de la Federación 2020 sólo se incluye como parte del salario presidencial las prestaciones de ley, pero no las que recibe en especie, como son, en su caso, la vivienda, alimentación y otras que percibe.
Por su parte, la Cofece indicó que presentó la controversia constitucional para que el Poder Judicial revise y determine la constitucionalidad del PEF 2020, en específico respecto del monto de la remuneración del presidente de la República, que es el tope salarial para todos los servidores públicos del Estado mexicano, incluidos los funcionarios de esta dependencia.
“Desde la perspectiva de la Cofece, el Congreso de la Unión, al fijar este tope salarial (el RTA del presidente de la República) no cumplió con los parámetros establecidos en la Constitución y la propia Ley de Remuneraciones para su determinación. Al no cumplir con dichos parámetros, consideramos que este monto es discrecional, y por eso pedimos su revisión”, expresó la comisión.
Mientras que el Banxico también impugnó el PEF 2020 al indicar que falta claridad para la fijación de las remuneraciones totales del presidente de la República, que limita la posibilidad de definir los topes de los ingresos de sus altos funcionarios, además de que resulta contrario al Artículo 127 de la Constitución.
Cabe recordar que no es la primera vez que el tema de los salarios de órganos autónomos es controvertido, ya que a mediados del 2019, la Suprema Corte determinó que los empleados del Instituto Federal de Telecomunicaciones tendrían que recibir los salarios que percibían en el 2018 (mayor al establecido para el presidente de la República que fue de 108 mil pesos), derivado del recurso de reclamación que el instituto tramitó contra la ley de salarios.
Ley de salarios
Desde mayo del 2019, la Suprema Corte de Justicia ordenó al Congreso fijar un parámetro para establecer el salario del presidente de la República, que a su vez se usa como tope salarial para todos los demás funcionarios del país. Hasta ahora, dichas modificaciones siguen pendientes.
En ese entonces, al analizar dos recursos interpuestos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y una minoría en el Senado, la SCJN invalidó las disposiciones que permitían discrecionalidad en remuneraciones, además de indicar que los préstamos personales no son parte del salario y que eran imprecisos artículos sobre delito de remuneración excesiva.
Ante el incumplimiento de los legisladores, la Corte amplió el plazo hasta el cierre de abril del 2020, para que el Congreso de la Unión acate la sentencia que le ordena corregir la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, en específico, la forma en cómo se calcula el sueldo del presidente para que se incluya la cantidad total, los pagos en efectivo que recibe, así como los recursos en especie.