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Política

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Uso de dinero público no será causante de anular candidatura

A los candidatos se les prohíbe la contratación de espacios publicitarios de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, anuncios espectaculares y bardas en la vía pública, vallas, parabuses, entre otros.

El INE sostuvo que el panorama presupuestal para algunos Oples se muestra atípico.

Foto EE: Eric Lugofoto ee: ERIC LUGO RODRIGUEZ

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) avaló eliminar de los lineamientos de fiscalización del proceso electoral judicial, los actos que ameritaban la cancelación del registro de candidatos a jueces, magistrados y ministros, por lo que el no presentar gastos de campaña o hacer uso de recursos públicos, ya no será motivo para quitarles el registro.

En una votación dividida, las y los consejeros modificaron el proyecto propuesto por la consejera Carla Humphrey Jordan, presidenta de la Comisión de Fiscalización, en el que se planteaba que aquellos candidatos a juzgadores que no presentaran el Informe Único de Gastos; así como los que llegarán a recibir recursos públicos o privados; y asistan a eventos partidistas, se les sancionaría con la cancelación del registro de su candidatura.

No obstante, ante la negativa de la mayoría de los consejeros, quienes consideraron que era excesiva la sanción, se determinó eliminar estos supuestos de los lineamientos y establecer que solo se les quitará el registro por “faltas graves”.

“Respetuosamente considero que esta hipótesis excede el principio de reserva de ley y la facultad reglamentaria de este Consejo General al regular una situación que no previeron ni el constituyente ni el legislador ordinario en los decretos de reforma constitucional y legal, ya que se pretende introducir una categoría jurídica que está reservada al legislador federal”, expresó el consejero Jorge Montaño.

La consejera Humphrey Jordan alertó que es “muy grave que personas juzgadoras en el Poder Judicial no presenten los gastos de campaña, los gastos que utilizan, estos informes y que como autoridad nos quedemos sin estos documentos”.

En los lineamientos también se aprobó que las personas candidatas a juzgadoras podrán hacer uso de redes sociales o medios digitales para promocionarse, siempre y cuando no contraten pautas publicitarias.

Además, se les prohíbe la contratación de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, incluso no deberán contratar anuncios espectaculares y bardas en la vía pública, vallas, parabuses, entre otros.

Boletas deficientes

Al reconocer que presentan deficiencias y serán complejas para el electorado, el Consejo General del INE aprobó el diseño y la impresión de las boletas para las elecciones de magistradas y magistrados de circuito, así como juezas y jueces de distrito, para la elección del próximo 1 de junio.

De acuerdo con el INE, estas boletas garantizarán su funcionalidad e incorporarán las medidas de seguridad para evitar su falsificación.

No obstante, se reconoció que ante el gran número de candidatos para dichos cargos, fue un reto diseñar un documento que permitiera a la ciudadanía tener la suficiente claridad para que pueda emitir su voto de manera segura, pero además, de manera completa, para evitar la nulidad de la boleta.

Asimismo, señalaron otras complejidades como el elegir un tamaño tal que permitiera su manejo. “Pues es claro que una boleta de un tamaño significativo no solo habría resultado compleja, sino de una operatividad o manejabilidad muy baja, complicando así el desarrollo de la jornada electoral y, sobre todo, las labores de escrutinio, cómputo y determinación de resultados”, señaló el consejero Jorge Montaño.

Por otro lado, se advirtió estos son tan solo los modelos de boleta que se proponen producir, ya que los modelos finales se elaborarán una vez que el INE reciba por parte del Congreso la lista de candidaturas y tal como lo prevé la ley, no habrá modificación de las boletas una vez impresas, con la única excepción de sustitución de candidaturas, y que esta circunstancia se haya informado a esta autoridad con al menos 24 horas de anticipación al inicio de la producción de las boletas correspondientes.

maritza.perez@eleconomista.mx

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