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Nuevas reglas de la Condusef establecen reglas más estrictas sobre despachos de cobranza
Se puntualizan reglas respecto a la cobranza extrajudicial y se definen las prohibiciones en esta materia.
La Comisión para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) se encuentra en pleno proceso de implementación de sus disposiciones en materia de registros, mismo que impacta en las instituciones del sistema financiero vigiladas por esta autoridad.
En este escenario, dichas disposiciones ponen lineamientos más estrictos en materia de despachos de cobranza, de acuerdo con un análisis de las reglas realizado por Samantha Beltrán, especialista en materia de cumplimiento financiero.
"Se generan reglas operativas más estrictas para los despachos de cobranza y los reportes que las entidades financieras deben entregar a la Condusef de forma periódica", se puede leer en el análisis de la especialista.
De acuerdo con el documento, este aspecto forma parte del punto de las disposiciones donde se crean o actualizan distintos portales y sistemas con el fin de homologar, sistematizar y concentrar información de forma electrónica de las entidades financieras.
En el análisis se destacan los puntos que se aclaran respecto a la cobranza extrajudicial, que es aquella que se realiza por la propia entidad financiera o por medio de un despacho de cobranza sin una orden judicial de por medio.
Dentro de los actos considerados como prohibidos en las gestiones de cobranza extrajudicial, que se aclaran dentro de las nuevas disposiciones, se destacan las siguientes:
- Omitir el nombre de la entidad financiera que otorgó el crédito.
- Omitir el nombre del despacho de cobranza que realiza la gestión.
- Omitir el nombre de las personas responsables de la cobranza.
- Comunicarse fuera del horario comprendido entre las 8 a las 21:00 horas, de acuerdo con los husos horarios del domicilio del deudor.
- Enviar o presentar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
- Evidenciar al deudor públicamente, a través de redes sociales, medios de difusión masiva, listas negras, cartelones o anuncios, entre otros; así como establecer registros especiales, con lo cual se haga del conocimiento del público la negativa de pago del deudor.
- Utilizar un nombre o denominación que se asemeja a una institución pública.
- Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.
Según los registros de la Condusef, esta autoridad actualmente tiene registrados 2,659 despachos que actúan a nombre de distintas entidades financieras para la cobranza.
Los cambios de la normativa
Cabe señalar que la Condusef publicó sus nuevas disposiciones en materia de registros el pasado 14 de octubre en el Diario Oficial de la Federación, para así concretar su cambio más ambicioso, sólo después de la implementación de la Reforma Financiera del 2014.
De acuerdo con el análisis de la especialista en cumplimiento, la complejidad de dichas disposiciones radica en que se abrogan, derogan, se crean o se actualizan distintas normas del organismo en materia de información de las entidades financieras.
Por ejemplo, en materia del Buró de Entidades Financieras, las entidades estarán obligadas a enviar reportes periódicos y avisos a la Condusef relativa a promociones y actividades publicitarias que ejerce cada entidad financiera.
"Incluso se menciona que la Condusef tiene derecho de veto de alguna comisión y también debe existir a sentido discrecional un análisis previo por parte de la autoridad de la comisión y promociones que pretenda sacar del mercado", apunta el análisis.
Dentro del análisis se hace un recuento de los cambios que han llegado con la publicación de dichas reglas. Aquí un recuento al respecto:
- Se abrogan nueve disposiciones.
- Se derogan las disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras en materia de despachos de cobranza.
- Se faculta a la Condusef para actividades que eran anteriormente privativas de otras dependencias como son: Contratos de Adhesión o reportes sobre cartera.
- Se crean o actualizan distintos portales y sistemas que homologan, sistematizan y concentran información de manera electrónica de entidades financieras.
Fechas importantes
En el análisis se hace un recuento de las fechas importantes que deben ser consideradas por las entidades financieras para la implementación de dichas disposiciones, tales como:
- 30 de noviembre del 2020 se debe de dar cumplimiento a obligaciones del Sistema de comunicación entre financieras y Condusef, para la recepción de promociones, solicitudes, informes y requerimientos (SINE), así como del canal de comunicación sobre gestiones electrónicas entre la autoridad y las instituciones (SIGIE).
- 30 de noviembre del 2022 se abrogan reglas de carácter general para recibir promociones y notificaciones y quedan sin efectos acuerdos de colaboración.
- 1 de diciembre del 2022 plazo máximo para que la Condusef proporcione la Clave de Identidad que sirve como llave para el acceso e identificación de las entidades financieras a través de representante (CICI), previa solicitud de entidades financieras.
- 31 de diciembre del 2022, es el plazo máximo para el cambio de claves para distintos sistemas y registros de la autoridad como el SIGE, SINE, Sipres, Reune, RECA, RECAS, RESBA, Reco, REDECO, Buró, Registro de Oferta Pública.
- 1 de enero del 2023 se debe dar cumplimiento a obligaciones de los distintos registros de la autoridad.
- 1 de abril del 2023, se debe dar cumplimiento a las obligaciones referentes al Registro Público de Usuarios, que es el sistema donde están los datos de clientes que no quieren que se utilice su información para promociones.
- 13 octubre del 2023, es el plazo máximo que tiene la Condusef para adecuar su normativa interna y poner a disposición de las entidades financieras la interfaz de programación de aplicaciones para el intercambio de información para el Reune y Redeco, mientras que las entidades tendrán 90 días para habilitarla.
- 14 de octubre del 2024, es el plazo máximo para que las instituciones reguladas adecúen sus estados de cuenta de crédito en cuenta corriente asociados a tarjetas de crédito cuyos contratos de adhesión y registro en RECA se adecuen a las reglas que Condusef emite a más tardar el 1 de enero de 2023.