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Capital Humano

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La realidad de las trabajadoras del hogar en México

En México más de 2.1 millones de personas se dedican al trabajo doméstico remunerado. De acuerdo con la LFT, ellas tienen derecho a vacaciones, pago de prima vacacional y de días de descanso, seguridad social y aguinaldo.

Las trabajadoras del hogar siguen siendo una de las poblaciones más precarizadas del mundo laboral. El sexismo, racismo y clasismo estructurales han impedido que gocen de sus derechos humanos, a pesar de que ellas se han organizado para que les sean reconocidos.

Dos años después de la primera ola de la pandemia de covid-19, esta ocupación no le ha vuelto a dar empleo al mismo número de personas. Previo a la crisis, agrupaba a más de 2.4 millones de personas, en su gran mayoría mujeres. Sin embargo, los resultados de la última Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) indican que en febrero de 2022 poco más de 2.1 continuaban en esta actividad.

De acuerdo con el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (Sinactraho), el 34.5% de las mujeres y el 16.3% de los hombres que se dedican a ese empleo ganan un salario mínimo al día o menos.

Las trabajadoras del hogar fueron incluidas por primera vez en la Tabla de salarios mínimos profesionales a partir del 2021. Para este año, se determinó un referente mínimo de 190.22 pesos diarios a nivel general y de 260.34 pesos diarios en la zona fronteriza del norte del país.

Sin embargo, este salario mínimo está por debajo de las demandas del sector. El Centro de Apoyo y Capacitación para las Empleadas del Hogar (CACEH) actualizó a principios de febrero el tabulador de salarios para las trabajadoras del gremio con un incremento de 33 por ciento. Las remuneraciones dependen de las actividades que realicen, pero van de los 400 a los 600 pesos por día.

Protección para las trabajadoras del hogar

Según la Encuesta Nacional sobre Discriminación (Enadis), uno de los principales problemas que enfrentan las personas que se dedican al trabajo doméstico remunerado es la falta de prestaciones laborales.

El artículo 334 Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que ellas tienen derecho a vacaciones, pago de prima vacacional y de días de descanso, seguridad social, aguinaldo “y cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes”.

Hay por lo menos tres instrumentos legales en México en los que se habla específicamente de la protección a las trabajadoras del hogar. El primero es la LFT, pues en 2019 el Congreso incluyó el Capítulo XIII, el cual está dedicado a esa ocupación y en el que se mencionan sus derechos y obligaciones específicos, tanto para empleadas como para las personas empleadoras.

Una de esas obligaciones y derechos es contar con un contrato por escrito en el que se detallen las condiciones generales de trabajo, como el salario, las vacaciones, días de descanso, entre otras.

La Secretaría del Trabajo Previsión Social (STPS) tiene un modelo de contrato de trabajo individual para descargar. El Sinactraho tiene dos formatos disponibles, uno para la modalidad de planta y otro para la modalidad de entrada por salida. Igualmente, el CACEH también cuenta con formatos de contratos disponibles.

La Ley del Seguro Social es otro de los instrumentos que las protege. También tuvo una primera modificación sobre el trabajo del hogar en 2019 y, en los próximos meses, la Cámara de Diputados concluirá la reforma para establecer que la afiliación de esta población es obligatoria. Por el momento, sigue vigente el programa piloto.

Para inscribir a las trabajadoras del hogar, se debe seguir el proceso definido por el IMSS en la herramienta digital habilitada para ello. Los requisitos son:

  • Ingresar la Clave de Registro de Población (CURP) de la persona empleadora, así como un correo electrónico
  • Capturar los datos de la empleada
  • Indicar el salario y los días del mes en que labora
  • Descargar el formato de pago y realizar el depósito

El tercer instrumento legal que las protege en México es el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual fue ratificado por México también en 2019. El documento obliga a los países que lo adoptan a impulsar reformas y políticas públicas para tengan condiciones de empleo decentes, a garantizar sus libertad sindical y a establecer mecanismos de inspección laboral y acceso a la justicias, entre otros puntos.

Trabajo del hogar y sistema de cuidados

En México, nueve de cada 10 personas empleadas del hogar son mujeres. El empleo doméstico comprende el 10% de la fuerza laboral femenina del país, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Sin embargo, las mujeres que se dedican a ese trabajo “se caracterizan por carecer de seguridad social y son las trabajadoras que menos reciben ingreso, a pesar de que su contribución es sustantiva para el sostenimiento de los hogares”, expresó Mónica Orozco, investigadora visitante del Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY).

Por ello, dijo, el sistema nacional de cuidados debe contemplar el trabajo remunerado para dignificar las condiciones de quienes ya lo realizan. También permitiría pueden crear nuevos puestos de trabajo.

El Senado tiene entre sus pendientes la reforma para crear dicho sistema, la cual ya fue aprobada en la Cámara de Diputados desde noviembre de 2020. Hacerlo mejoraría el cuidado de las personas, liberaría el tiempo de millones de mujeres y permitiría que más de ellas accedieran a un trabajo con salario.

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