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Economía

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¿Qué es y cómo funcionará el Régimen Simplificado de Confianza?

A partir del 2022 entrará en función el Régimen Simplificado de Confianza. Entérate en El Economista todo sobre esta medida y sus efectos.

El SAT puso a disposición de los contribuyentes un nuevo micrositio para solucionar las dudas que pueda generar este nuevo régimenERIC LUGO

Año nuevo, régimen para tributar nuevo. Uno de los grandes cambios que entraron en vigor a partir de este año fue la creación del Régimen Simplificado de Confianza (Resico), el cual está hecho para simplificar los trámites que los contribuyentes deben hacer ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y demostrar que cumplir con el fisco no siempre tiene que ser tan engorroso. 

El Régimen Simplificado de Confianza será tanto para personas físicas como morales, y tiene beneficios de tasas reducidas en el Impuesto sobre la Renta (ISR) para que los causantes puedan pagar sus impuestos de manera rápida y eficaz. De esta forma, se busca que más contribuyentes se unan a la formalidad

Para las personas físicas, este nuevo régimen simplificado de confianza será una opción siempre y cuando sus ingresos no rebasen los 3.5 millones de pesos al año, y se encuentren realizando algunas de estas actividades: 

  1. Empresariales y profesionales
  2. Régimen de Incorporación Fiscal
  3. Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
  4. Agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas

En tanto, las personas morales que quieran cambiarse a este ŕegimen deberán tener ingresos que no superen los 35 millones de pesos anuales y los socios que tengan deberán ser personas físicas. 

Los beneficios del Regímen Simplificado

De acuerdo con el SAT, el Resico tendrá una serie de beneficios que podrán ser utilizados por los contribuyentes que cumplan con los requisitos.

En  el caso de las personas físicas, el principal beneficio es la disminución de las tasas de ISR que deberán pagar. De esta forma, dependiendo de los ingresos que tengan, la tasa de ISR a pagar oscila entre 1 y 2.5 por ciento.

Para las personas morales, la tributación será en flujo de efectivo, es decir, para calcular el impuesto se considerará sólo los ingresos y gastos que efectivamente se obtengan o generen, a diferencia del general, en el cual se acumulan los ingresos y gastos facturados sin importar si realmente se materializaron.

Asimismo, el SAT señala que la tributación será conforme a la realidad económica del contribuyente. “Se dejará de utilizar el llamado coeficiente de utilidad pues no siempre en un ejercicio sucederá lo mismo que en los anteriores, es decir, los ingresos no necesariamente serán los mismos y tampoco los gastos; la situación en algunos sectores económicos es inestable, lo cual propicia que entre un ejercicio y otro se den escenarios completamente diferentes. En resumen, el coeficiente de utilidad resta liquidez a las empresas”, dijo el fisco.

Además, habrá incentivo a la inversión, a través del incremento en los porcentajes para acreditar anualmente las inversiones, siempre y cuando no sean mayores a 3 millones de pesos. 

Consideraciones

Si bien en el caso de las personas físicas el Resico es bastante atractivo por la reducción de las tasas de ISR, expertos en la materia han indicado que el causante deberá evaluar bien si le conviene o no pasarse a este régimen ya que, de hacerlo, no podrá realizar deducciones en la parte de ISR. Asimismo, las deducciones personales - que son las que se presentan al momento de la declaración anual - tampoco podrán ser realizadas bajo este esquema de tributación.

Para mayor información, el SAT puso a disposición de los contribuyentes un nuevo micrositio para solucionar las dudas que pueda generar este nuevo régimen: http://omawww.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza/Paginas/index.html

ana.martinez@eleconomista.mx 

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