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El T-MEC blinda al IFT, pero no a la Cofece

Se podría solicitar un panel si se violan los términos en los que está redactado el tratado, advierte experto.

MARIA LIZARRAGA DURANTE LA PRESENTACION DE LOS ESTUDIOS SOBRE LA INCLUSION Y REPRESENTACION DE GENERO EN LOS MEDIOS Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES TANTO EN AUDIENCIAS MASCULINAS COMO DESDE PERSPECTIVA DE NINAS Y NINOS EN LA SEDE DEL IFT . FOTO :HUGO SALAZAR / EL ECONOMISTA .ECONOMISTA

El T-MEC sólo obliga a las partes a contar con un órgano regulador de las telecomunicaciones, no así respecto al resto de organismos constitucionales autónomos a los que el gobierno federal analiza la posibilidad de desaparecerlos, explicó Juan Antonio Dorantes, socio director de la consultora Dorantes Advisors.

El 15 de diciembre, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que revisará el funcionamiento de órganos reguladores, algunos de estos dotados de autonomía constitucional porque, a su consideración, “no tienen ninguna función social”.

Por ello, el mandatario dijo que: “se debe empezar a analizar la creación de todos esos aparatos que no tienen ninguna función social”.

En concreto se refirió a la Cofece, el IFT, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y hasta la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Recordó que el Artículo 18.17 del T-MEC establece que “cada parte asegurará que su organismo regulador de telecomunicaciones sea independiente y no rinda cuentas a un proveedor de servicios públicos de telecomunicaciones”.

“Con miras a asegurar la independencia e imparcialidad de los organismos reguladores de telecomunicaciones, cada parte asegurará que su organismo regulador de telecomunicaciones no tenga interés financiero o mantenga un papel operativo o administrativo en un proveedor de servicios públicos de telecomunicaciones”, añade.

Puede haber impugnaciones

Dorantes comentó que si México desaparece a sus órganos autónomos diferentes al IFT no violaría en sí mismo el T-MEC o el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT), pero indirectamente podría hacerlo si no cumple con ciertas disciplinas en materia de transparencia o competencia.

“Si se violan los términos en los que están redactados los tratados, sí puede haber impugnaciones y levantarse un panel”, coincidió  Alejandro Rodríguez, analista de la consultoría estadounidense Plante Moran.

En México existen dos autoridades de competencia económica, la Cofece y el IFT. La Cofece es la autoridad encargada de aplicar la Lay Federal de Competencia Económica en todos los sectores, excepto en el de las telecomunicaciones y la radiodifusión. El IFT es la autoridad con facultades exclusivas en materia de competencia económica de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

Tanto la Cofece como el IFT son órganos constitucionales autónomos, con personalidad jurídica y patrimonios propios, creados mediante la reforma constitucional del 11 de junio de 2013, cuyo objetivo es garantizar la libre competencia y concurrencia; así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados (Art. 28 de la Constitución y Art. 10 de la LFCE).

Le compete también a la Cofece y al IFT determinar la existencia y regular el acceso a los insumos esenciales y ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia, así como las demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.

La Autoridad Investigadora en cada una de las autoridades de competencia (IFT y Cofece) es el órgano encargado de realizar las investigaciones y es parte en el procedimiento seguido en forma de juicio. Cada entidad define su estructura con base en su estatuto orgánico correspondiente. En el ejercicio de sus atribuciones, la Autoridad Investigadora está dotada de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento.

roberto.morales@eleconomista.mx

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