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Operadores pagarán retroactivo a AMX en tarifas del 2015

La resolución es la primera de varios juicios promovidos por Telcel.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aplicar para todo el 2015 (y no sólo para el periodo de agosto a diciembre de ese año) la tarifa de 25 centavos por minuto de interconexión que debió pagar Telcel (AMX) a sus competidores.

Es decir, el IFT deberá aplicar para todo el 2015 la misma tarifa de interconexión que Telcel pagó a sus competidores de agosto a diciembre de ese año, que era de 25 centavos, y no la de 30 centavos que pagó de enero a agosto de ese año.

La Corte consideró que fue correcto aplicar en los primeros meses del 2015 las tarifas acordadas del 2014, pero una vez que el regulador resolvió la nueva tarifa, ésta debió aplicar para todo el 2015.

La resolución del máximo tribunal es la primera de varios juicios promovidos por Telcel y que dejan sin efectos resoluciones del IFT, tras considerar el Poder Judicial que hubo una interpretación legal errónea del órgano regulador en cuanto a un periodo de tiempo.

La resolución tomada por la SCJN será un precedente para las próximas resoluciones. Es un asunto relacionado únicamente con las tarifas del 2015, no así con la tarifa de interconexión cero que se estableció a partir de la reforma. Agustín Ramírez, abogado especialista en telecomunicaciones, comentó a El Economista que la resolución de la Corte da certeza, siendo un litigio que no nació a partir de la nueva ley, por lo que era de esperarse que el poder judicial resolviera entre la libertad tarifaria de las partes contratantes .

Explicó que son procesos judiciales previos a la promulgación de la ley y tenían que resolverse, lo desafortunado es que no se resolvió antes; la nueva ley al no permitir suspensiones y obligar a que se atienden a través de amparo indirecto da certeza y es lo más sano que el poder judicial haya resuelto . Puntualizó que la Suprema Corte es la máxima instancia judicial, por lo que una vez que se pronunció es la verdad legal. Por su parte, Telefónica afirmó que la reforma ha incluido cambios en la Constitución y la promulgación de una nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Con base en estos instrumentos legales, las empresas han invertido y han transferido los beneficios de la reforma a los usuarios finales. Un cambio radical en estas condiciones tendría profundas consecuencias en el sector y destruiría la reforma en sí misma .

La firma española advirtió que la inversión en el sector de telecomunicaciones en el país podría verse afectada y adicionalmente habría una pérdida de bienestar social. Destacó que las ofertas disponibles en el mercado se realizaron basadas en la regulación existente, de determinar la inconstitucionalidad del artículo, obligaría a una transferencia de recursos de los operadores competitivos al preponderante de forma retroactiva .

El IFT resolvió una tarifa de 25 centavos por minuto de interconexión con sus competidores, monto que sólo aplicó desde el 12 de agosto a diciembre del 2015, pero ahora será el aplicable desde enero de ese año, debido a que Telcel solicitó al poder judicial la retroactividad por tratarse de un asunto de antes de la reforma.Ramiro Tovar, especialista en regulación y competencia económica, consideró que con la resolución de la Corte deberá haber normalización en el pago de tarifas y no sería razonable trasladar el costo a los usuarios.

cjescalona@eleconomista.com.mx

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