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STPS publica su guía para que empresas cumplan con el pago del reparto de utilidades
La guía de orientación destaca las nuevas reglas, aprobadas en la reforma en materia de subcontratación (outsourcing) de 2020, en las que se pretende dar claridad a las empresas y garantías para que no se vean afectadas y sea posible impulsar un incremento en el beneficio de los trabajadores.
Para evitar la discrecionalidad en el pago que harán las empresas en junio y julio sobre la Participación de las Utilidades a los Trabajadores (PTU), y al que se suma un universo de tres millones de trabajadores, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió una guía de orientación para los empleadores.
La guía destaca las nuevas reglas, aprobadas en la reforma en materia de subcontratación (outsourcing) de 2020, en las que se pretende dar claridad a las empresas y garantías para que no se vean afectadas y sea posible impulsar un incremento en el beneficio de los trabajadores.
Además, reitera que se deberá pagar a los trabajadores el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente.
“Con las nuevas reglas establecidas en la reforma de la Ley Federal del Trabajo para el reparto de utilidades, se espera que los trabajadores reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalente a 18,557 pesos; 2.59 veces mayor a lo que reciben actualmente”, refiere la dependencia en este nuevo documento.
La titular del Trabajo, Luisa Alcalde Luján, expuso que “Con la reforma en materia de subcontratación, 3 millones de trabajadores más ya tienen derecho al pago por reparto de utilidades” y en caso de que no suceda se les orientará a los trabajadores a través de la Profedet.
La autoridad laboral reiteró que el cambio normativo en ningún momento modifica el mecanismo establecido en la Constitución Federal o en la Ley Federal del Trabajo en materia de reparto de utilidades, ni en sus fórmulas de cálculo, por lo que se seguirán observando todas aquellas normas establecidas en el artículo 125, las excepciones precisadas en el artículo 126, así como lo establecido en las fracciones I a VII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo.
Además, aclaró que el cálculo del porcentaje de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder al 10% sobre la renta gravable, tal como fue determinado mediante la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2020, del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
Se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios; Se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Cuando el monto a pagar sea superior a tres meses del salario del trabajador, se establecen los 90 días de salario como límite máximo de pago de la Participación de las Utilidades a los Trabajadores, salvo que el promedio del PTU pagado por la empresa a los trabajadores según su categoría en los últimos tres años sea superior a esa cifra.
El impacto positivo de la desaparición de la figura de la subcontratación de personal comenzará a reflejarse cuando empresas y patrones realicen el reparto de utilidades a los trabajadores, entre mayo y julio de 2022.
kg