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Política

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Hoy No Circula se normaliza este lunes 20 de mayo; sólo estos automóviles no pueden transitar

¡Qué no te multen! Sólo este tipo de vehiculos con engomado amarillo pueden transitar con tranquilidad por las avenidas de la CDMX.

Programa Hoy No Circula semanal. Foto EE: Especial.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) suspendió la contingencia ambiental que inició ayer 18 de mayo, por lo que el programa Hoy No Circula regresa a la normalidad para este lunes 20 de mayo, es decir que las restricciones sólo aplicarán para un porcentaje del parque vehicular.

De acuerdo con los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas en la ZMVM, publicados por los Gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México:

  • Los lunes no circulan los automóviles con terminación de placa 5 o 6 que corresponden al engomado amarillo, holograma 1 y 2.
  • No obstante, sí podrán circular los vehículos con engomado amarillo que cuenten con holograma 00 y 0.

Vehículos exentos

Además de las unidades con holograma 00 y 0, también quedan exentos de las restricciones y deacuerdo a lo establecido en el numeral VII del Programa Hoy No Circula se encuentran exentos de las limitaciones los siguientes supuestos:

  • I.- Tractores agrícolas.
  • II.- Maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera.
  • III.- Motocicletas.
  • IV.- Vehículos con peso bruto vehicular menor o igual a 400 kilogramos.
  • V.- Vehículos eléctricos.
  • VI.- Vehículos híbridos categoría I y II con motores de propulsión a gasolina y eléctrico.
  • VII.- Vehículos con matrícula de auto antiguo y/o clásico.
  • VIII.- Automotores con matrícula de demostración y/o traslado.
  • IX.- Vehículos cuya tecnología impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.
  • X.- Vehículos que porten Holograma “EXENTO”.
  • XI.- Vehículos que porten Constancia de Verificación y holograma tipo “00” por dos años.
  • XII.- Vehículos que porten Constancia de Verificación y holograma tipo “0”, por seis meses.
  • XIII.- Vehículos que porten Constancia tipo “Permiso Especial para Circular”, siempre y cuando transporten a personas con discapacidad.
  • XIV.- Vehículos que porten Constancia tipo “Programas Especiales de Fuentes Móviles” o “Autorregulación”, que participen en el Programa de Autorregulación Ambiental de vehículos a diésel o para impulsar la electromovilidad en vehículos ligeros.
  • XV.- Vehículos que porten placas para personas con discapacidad.
  • XVI.- Vehículos que porten Pase Turístico o Pase Turístico Paisano, dos veces por semestre por siete días, una vez por semestre por 14 días, durante la activación de puentes largos oficiales y durante la activación del Programa Paisano.
  • XVII.- Vehículos que porten los oficios de Ampliación al Periodo de Verificación Vehicular, en la vigencia establecida en dicho oficio, emitidos por la Secretaría.
  • XVIII.- Vehículos que porten en lugar visible oficio emitido por la del Medio Ambiente de la Ciudad de México, para exentar las limitaciones a la circulación.  

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