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TEPJF fija 30 días naturales para que el Congreso emita la ley reglamentaria de revocación de mandato
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el Congreso de la Unión y el Ejecutivo federal incurrieron en omisión al mandato constitucional de expedir en el plazo establecido la ley reglamentaria de revocación de mandato, por lo que fijó un plazo de 30 días para cumplir con esa obligación.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las cámaras del Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo federal incurrieron en omisión al mandato constitucional de expedir en el plazo establecido la ley reglamentaria de revocación de mandato.
Por ello, ordenó a senadores y diputados emitir la normatividad dentro de los 30 días naturales posteriores al 1 de septiembre próximo. También el pleno de la Sala Superior declaró que el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene facultades para expedir lineamientos mientras no exista la norma.
En sesión pública de la Sala Superior este miércoles, la magistrada Mónica Soto registró que es la primera vez que el TEPJF ordena al Congreso federal legislar sobre un asunto.
Durante la sesión se acumularon dos proyectos. Uno promovido por Morena en el que denunció la omisión del Congreso de la Unión de legislar en materia de revocación del mandato, y el otro promovido por la asociación civil Consejo Nacional de Litigio Estratégico en el mismo sentido.
Ambos proyectos fueron acumulados y aprobados por mayoría de seis votos en favor, y uno en contra de la magistrada Mónica Soto. Se agregó una propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón para que quede expreso que el INE tiene facultades para emitir lineamientos en caso de subsistir omisiones legislativas en este rubro.
“De manera que ante el eventual incumplimiento del legislador, en los plazos establecidos en el proyecto, el INE podrá emitir conforme a sus atribuciones constitucionales los lineamientos atinentes para instrumentar el proceso de revocación de mandato, con esta técnica se evitar una lesión irremediable de los principios y valores constitucionales”, dijo el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, presidente del TEPJF.
Cabe destacar que el Consejo General del INE prevé sesionar el próximo viernes para emitir estos lineamientos, en virtud de la omisión legislativa de contar con la ley reglamentaria en la materia.
Por su parte, el magistrado Indalfer Infante Gonzales consideró que la afectación a la ciudadanía comenzó “desde el momento que no se emitió la ley dentro del plazo establecido por el Constituyente permanente “, toda vez que faltan dos meses para que la ciudadanía pueda iniciar este procedimiento de consulta para la eventual revocación de mandato presidencial.
“Por su puesto es un derecho político-electoral fundamental que considero esta Sala Superior debe proteger”, mencionó.
El magistrado José Luis Vargas apoyó la propuesta del magistrado Reyes Rodríguez para el INE pueda desarrollar trabajos complementarios mientras no exista la ley reglamentaria de revocación de mandato.