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Sector Financiero

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Contadores públicos están bajo la lupa del SAT

El reglamento del Código Fiscal de la Federación da a conocer un catálogo de penalizaciones que se aplicarían por incumplimiento, como el retiro de la inscripción ante la autoridad.

Los contadores públicos que se inscriban ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para poder elaborar dictámenes fiscales tendrán que manifestar, bajo protesta de decir verdad, que no han participado en la comisión de un delito de carácter fiscal.

Así lo establece el reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF), que da a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Se incluye un catálogo de sanciones que se le aplicarán a los contadores que no cumplan con los requisitos para dictaminar a los contribuyentes.

Se pide que el dictamen vaya acompañado de otra declaración, bajo protesta de decir verdad, sobre el contenido del reporte que entrega. De la mano se pide que el profesional de la contaduría tenga una experiencia mínima de tres años en la elaboración de dictámenes fiscales y acreditarla conforme a los requisitos que emitirá el SAT.

Se indica que el dictamen y el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente se elaborarán con base en el análisis efectuado, y a la información que determine la autoridad en reglas generales.

SUSPENSIONES Y AMONESTACIONES

En el reglamento precisó que los que no cumplan con las disposiciones serán acreedores a sanciones como amonestaciones o la suspensión de la inscripción ante el SAT.

En tanto, si se acumulan tres amonestaciones la suspensión del registro será de tres meses a un año y se aplicará una vez notificada la tercera amonestación.

No obstante, se podrá cancelar en definitiva el registro en casos de reincidencia de tres suspensiones y cuando haya cometido un delito de carácter fiscal. También, cuando cause ejecutoria la sentencia definitiva que declare culpable al contador. En caso de que el contador público inscrito decida dejar de formular dictámenes sobre los estados financieros de los contribuyentes, dictámenes de operaciones de enajenación de acciones o cualquier otro dictamen que tenga repercusión fiscal, deberá presentar un escrito ante la autoridad fiscal manifestando dicha situación y la fecha en que dejará de hacerlo.

En este supuesto,el reglamento del CFF estipula que el SAT dejará sin efectos el registro.

MANTIENEN VIGILANCIA

El fiscalista Pedro Carreón explicó en entrevista que la autoridad está confirmando los requisitos que se aplican en la actualidad para los contadores que dictaminan para efectos fiscales.

No se les está exigiendo más de lo que ya existe, pero de los aspectos más importantes a cumplir señaló la aplicación de las normas de auditoría y la especialidad que amerita y que en general son básicamente las relacionadas con la educación profesional continua y la certificación que debe cumplir un contador, independientemente de que dictamine o no.

La necesidad de estar actualizado es importante para que pueda prestar sus servicios , afirmó. Comentó que las autoridades fiscales están trabajando en la elaboración de un dictamen más simplificado.

Recordó que cada año se presentan alrededor de 80,000 dictámenes fiscales que elaboran más de 6,000 contadores públicos certificados. Las empresas que tienen ingresos mayores a 100 millones de pesos anuales y más de 300 trabajadores deben presentar este documento en junio.

Los datos más recientes indican que 177 contadores fueron dados de baja, 44 amonestados, 28 suspendidos y siete cancelados. Desde 1959, año en que surgió el dictamen fiscal, 1,368 contadores han sido suspendidos.

leonor.flores@eleconomista.mx

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