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Y ahora que hay una ley, ¿cómo hacer valer los derechos colectivos?
La nueva legislación condena la apropiación indebida, dicta la creación del patrimonio popular mexicano y también confiere más facultades al Indautor; ahora lo correspondiente es darle más presupuesto y personal al instituto, opina Miguel Ángel Margáin, abogado especialista en propiedad intelectual.
Hay que tomar la oportunidad de que en el extranjero están interesados en lo nuestro, que hay un boom, y aprovecharnos de eso, tanto como particular, como comunidad y país. Es mejor estrategia no espantar a las marcas con que es un delito sino hay que ver en cómo sí. Está bien proteger el patrimonio y preservarlo, pero sacarle provecho a lo que nos enseñaron nuestro padres y abuelos”.
Miguel Ángel Margáin, abogado especialista en propiedad intelectual.
En enero pasado, con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entró en vigor la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y, con ella se pone en marcha una vía legal para garantizar la propiedad colectiva sobre el patrimonio cultural, conocimientos y expresiones tradicionales, a manera de respuesta ante los diversos, y tan acusados, casos de “plagio” y “apropiación” de diseños y creaciones indígenas, sobre todo por parte de marcas internacionales en el mundo de la moda.
A muy grandes rasgos, explicaba en su momento a este diario Eréndira Cruzvillegas, jefa de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Cultura, con esta ley y otras políticas se pretende normalizar el reconocimiento de la potestad colectiva para el uso, permiso y comercio de diseños artísticos indígenas. “No vamos a avanzar si nos quedamos en la lógica del derecho primitivo, cuando hay sistemas normativos internos del derecho consuetudinario (...) seguramente nos iremos topando con adendas en la práctica formal, pero necesitábamos tener un primer eslabón”, declaró entonces.
Fortalecer al Indautor
Ahora bien, ¿de qué manera, desde ya, los pueblos y comunidades indígenas y afro pueden aprovechar esta ley para su beneficio?
El Economista conversa con el abogado Miguel Ángel Margáin, expresidente de la Asociación Mexicana para la Protección de la Propiedad Intelectual (AMPPI) y actual socio para propiedad intelectual del despacho de abogados Pérez Correa González.
El reconocimiento de los derechos colectivos, afirma el especialista, “es una tendencia que se está dando a nivel mundial y es por eso que en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) hay un fuerte movimiento para facilitar las cosas para que las comunidades tengan estas facilidades. Hay ejemplos increíbles en Etiopía y en Jamaica, por ejemplo. Nuestro país no es la excepción a esta tendencia, de ahí que tenemos esta, la llamada ‘Ley Harp’, dado que fue la senadora Susana Harp quien la impulsó. Aquí la cuestión es que le están dando más facultades al Indautor, pero no se trata de darle fe con la publicación en el DOF, hay que darle presupuesto y personal al instituto para que pueda cumplir con el cometido”.
La ley en cuestión, analiza, está enfocada para la condena de la “apropiación indebida”, así como en la creación de un sistema de protección del patrimonio. Es decir, es comprensiblemente proteccionista pero, estima, debe fortalecerse en términos de fomento.
Protección, pero autorregulación
Margáin explica que en México hay muchas expresiones culturales populares que no están focalizadas, es decir que son prácticas observables en amplias zonas geográficas que incluso trascienden el territorio mexicano, con técnicas estandarizadas de manera muy extensa.
Considera necesario que desde las instituciones públicas se asesore e impulse la iniciativa de grupos poseedores de derechos colectivos para que estos puedan refinar los procesos artesanales en piezas aún más particulares sin romper con la tradición y los rasgos colectivos. Esto, entonces, permitiría productos todavía identitarios pero más originales que faciliten la consolidación de marcas y esto, a su vez, facilite la protección de la propiedad intelectual.
Por ejemplo, relata, “está la asociación de mujeres indígenas en Tenango de Doria, en Hidalgo, que comparte el estilo de bordados con muchas comunidades de otros estados, pero se pusieron de acuerdo, le metieron calidad, lanzaron su marca colectiva y le sacaron provecho a lo que saben hacer. Lo mismo sucede con una etnia otomí, también en Hidalgo, que hace canastas de mimbre. Aunque este tipo de canastas las vemos desde México hasta Ecuador, ellas le pusieron un diseño más minimalista y sacaron su marca colectiva. Es el mismo producto, pero le dieron un pulso diferente, una estética que hace un objeto único. Supieron aprovechar la propiedad intelectual y ahora vemos sus productos en las tiendas”.
El también expresidente del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) reitera que no hay que concentrar las políticas públicas en la condena de apropiación indebida, sino en sacarle provecho al aparador e interés internacional por el arte originario. Sugiere superar los conflictos colectivos para abrir paso al trabajo refinado de productos artesanales en el interior de las propias comunidades y así abrir paso a la autorregulación colectiva. “La propiedad intelectual es crear, proteger, defender, pero lo más importante es explotarla”, concluye.
Más sobre Miguel Ángel Margáin
Cuenta con 30 años de experiencia en Propiedad Intelectual y temas de protección y explotación de Innovación a nivel nacional e internacional. Presidió la Asamblea de Madrid de la OMPI y participó en las rondas de negociación del TIPAT – CPTPP, T-MEC (México, Estados Unidos, Canadá) y el Tratado de Libre Comercio México – Unión Europea. Fue presidente de la Asociación Mexicana para la Protección de la Propiedad Intelectual (AMPPI) y vicepresidente del Comité de Derechos de Propiedad Intelectual de la Cámara Americana de Comercio de México (AmCham). Fue director general del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) de 2013 a 2018.
Por Indicación Geográfica
Declaran protección de dos tradiciones artesanales en Oaxaca
Este miércoles, el Diario Oficial de la Federación emitió dos declaratorias para la protección de la indicación geográfica de dos productos de arte popular.
La primera declaratoria se oficializó para el proceso de creación de productos tradicionales que derivan del hilo obtenido del gusano de seda que habita la ruta de los Cajonos, en Oaxaca, que va desde la crianza de las especies, extracción de la seda, hilado prehispánico, devanado, enmadejado, teñido, tejido y creación de productos como rebozos, huipiles, bufandas y pañuelos de seda.
La segunda declaratoria oficial de protección por indicación geográfica es para los procesos de gestación de los tapetes tradicionales de lana de borrego teñidos y tejidos en telar de pedal en los pueblos de Teotitlán, Santa Ana y San Miguel del Valle, en el municipio de Villa Díaz Ordaz, también en Oaxaca.