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Entra en vigor la NOM de vivienda: conoce los beneficios para el consumidor

El objetivo de la norma es proteger al usuario en la compraventa de bienes inmuebles y que tenga acceso a información veraz y confiable
 

La NOM tiene la finalidad de brindar más transparencia en cuanto a información al usuario en una operación inmobiliaria. Foto: EE Hugo Salazar.

La NOM tiene la finalidad de brindar más transparencia en cuanto a información al usuario en una operación inmobiliaria. Foto: EE Hugo Salazar.

El pasado 18 de septiembre, entró en vigor la NOM 247, la cual fue publicada en marzo pasado y que delinea los requisitos de información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación; sin embargo, una de las dudas frecuentes es cuál es el beneficio de esta norma para el consumidor.

De acuerdo con Mónica Mostalac, directora de Normalización para Industrias Diversas y Servicios de la Secretaría de Economía, el fin de esta norma es garantizar la protección de los derechos de todos los consumidores, específicamente respecto a la información que les sea otorgada al momento de la compra de un bien inmueble destinado a casa habitación.

"Esta norma lo que busca es establecer un piso parejo que garantice la protección de los derechos objetivos de interés público de todos los consumidores, es decir, el derecho que tienen ellos a la información que les sea otorgada", comentó Mostalac hace algunas semanas ante desarrolladores de vivienda.

Para dimensionar la importancia de esta norma, es saber qué abarca, a quién impacta y cuáles son los beneficios y obligaciones que se deben de cumplir.

¿Qué define esta NOM?

La funcionaria de la Secretaría de Economía apuntó que los puntos claves de esta norma son:

  • Establece los requisitos informativos para la comercialización de bienes inmuebles destinados a casa habitación.
  • Delinea los elementos mínimos que deben contener los contratos de compraventa de dichos inmuebles, para garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores.

¿A quién aplica dicha norma?

De acuerdo con Mostalac, esta norma es aplicable únicamente a proveedores que sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación.

"Toda aquella persona que intervenga en la asesoría y venta al público de bienes inmuebles destinados a casa habitación les resulta aplicable, por lo tanto, esta norma oficial mexicana es de observancia general obligatoria para todas personas físicas o morales que se dediquen directa o indirectamente a la comercialización dentro de la república mexicana", apuntó Mostalac.

¿Cuáles son los beneficios?

Para la funcionaria de la Secretaría de Economía, esta NOM tiene varios beneficios para la actividad de comercialización inmobiliaria enfocada a casas habitación, ya que, por ejemplo, se homologa la información, publicidad y contratos de adhesión en la compra de bienes inmuebles.

Asimismo, se garantiza la protección del derecho a la información de los consumidores. "Se obliga al proveedor a informar y a respetar los precios, las garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, bonificaciones, plazos, fechas y demás condiciones aplicables en la comercialización de bienes inmuebles destinados a casa habitación".

Mostalac enlistó varias obligaciones que tienen un impacto directo en el consumidor. Según la funcionaria, estas son las principales:

Obligaciones de la NOM de Vivienda

Contar con canales de atención de quejas y solicitudes.

Que sus portales de Internet contengan información actualizada, accesible, veraz debe de estar a la vista del consumidor.

Apego a la normativa en materia de privacidad y protección de datos personales.  

Tener reglas claras en materia de anticipos e informarlas al consumidor.  

Define las obligaciones respecto a los enganches.

Se establecen las obligaciones en materias de preventas. 

Se garantiza la no discriminación en operaciones de esta naturaleza.

Delinea las obligaciones en la compraventa de terrenos.

Prohibición en la negativa de trato y ventas atadas.

Se obliga a entregar el inmueble en las mejores condiciones.

De acuerdo con Mostalac, las autoridades competentes, como la Secretaría de Economía o la Procuraduría Federal del Consumidor, vigilarán que los proveedores se apeguen a lo establecido en la NOM

"La misma revisión sistemática de esta norma que se dará en 5 años a partir de su entrada en vigor y demás actividades que están relacionadas con la verificación que esta norma se esté cumpliendo efectivamente".

 

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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