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El Empresario

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Cuáles son los beneficios del RESICO

El 31 de enero es la fecha límite para actualizar las actividades económicas y obligaciones ante el fisco.

A partir de enero de este año, las personas físicas y morales que se encartaban en el RIF, pasarán al nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), modelo con el que el gobierno federal busca disminuir la carga administrativa a través de la utilización de la información recabada de las facturas electrónicas (CFDIs), así como una automatización de los cálculos a declarar, pero ¿qué implica esto para las empresas?, sobre todo las pequeñas y medianas (pymes).

En primera instancia, se considera que con el sistema se optimizarán los cálculos hasta un 96% en personas morales y un 82% en físicas, indica el Servicio de Administración Tributaria.

Sin embargo, para poder beneficiarse del régimen, las personas morales tienen hasta el 31 de enero para actualizar sus actividades económicas y obligaciones. En caso de no hacerlo, el sistema migrará automáticamente así como su actividad económica, lo que implica la pérdida de beneficios y estímulos establecidos.

Para saber cómo será la nueva declaración que se utilizará para cumplir la obligación del ejercicio 2022, el SAT pone a disposición un simulador que recoge las facturas y permite calcular el impuesto del ISR sobre los ingresos.

Los beneficios

Este régimen ha causado dudas e incertidumbre sobre cómo impactará en las empresas, dejando en duda si seguir en el RIF (especialmente para personas físicas) o qué seden esperar del RESICO. Se estima que 96% de las empresas serán beneficiadas.

De acuerdo con Alegra, aplicación administrativa y de facturación electrónica, hay cuatro beneficios que las empresas deben considerar con el nuevo régimen, los cuales son:

  1. Facilidades administrativas sin procesos burocráticos y pagando el impuesto más bajo del país desde el 1% al 2.5 por ciento.
  2. Personas físicas con actividades empresariales, arrendamiento, servicios profesionales y actividades del sector primario que no superen los 3.5 millones de pesos al año, podrán simplificar sus obligaciones fiscales.
  3. Todas las facturas que se generen bajo este nuevo régimen entrarán de manera automática en los sorteos determinados por el SAT.
  4. No será necesario presentar declaraciones informativas o de contabilidad electrónica, ya que el SAT las generará de forma automática; así sólo deberás descargar la ficha de pago y efectuar la operación.

Coeditora El Empresario. Periodista especializada en temas de emprendimiento, management, cultura laboral, capitalismo consciente, liderazgo, economía circular y sustentabilidad.

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