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Cuáles son los retos y las multas del Complemento Carta Porte
El 1 de diciembre entró en vigor el Complemento Carta Porte (CCP), pero sólo como modo de prueba, pues será hasta el 1 de enero del 2022 que sea obligatorio, ante la implementación de este documento ¿cuáles son las dificultades a las que se enfrentan los transportistas? y a ¿qué multas pueden ser acreedores?
El 1 de diciembre entró en vigor el Complemento Carta Porte (CCP), pero sólo como modo de prueba, pues será hasta el 1 de enero del 2022 que sea obligatorio, ante la implementación de este documento ¿Cuáles son las dificultades a las que se enfrentan los transportistas? y a ¿Qué multas pueden ser acreedores?
El Complemento Carta Porte es un documento de carácter declarativo que debe acompañar a las mercancías que se trasladan de un lugar a otro por medio de vías federales, entre la información que solicita está: origen y destino, tipo de mercancía y los derechos que se tienen sobre esta, a fin de constatar de que el producto es legal, combatir la informalidad y el contrabando.
Sin embargo, para las empresas que ofrecen un servicio de trasporte, el comprobante puede significar un procedimiento complejo debido a que “antes de cada viaje se debe emitir el Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingreso, señalar descripción de las mercancías, datos del vehículo, del operador, destino, el seguro que ampara este transporte, entre otros; además, hay que capacitar al conductor administrativamente hablando”, detalla Reyna López, Gerente de Producto de Aspel y especialista en Facturación Electrónica.
La especialista detalla que la estructura del Complemento es complicada debido a que no refleja un flujo natural de la operación, pues las empresas de servicio de transporte no suele tienen la información e la mercancía y las ubicaciones, esos son datos de la compañía que contrata.
“Ahora las empresas deben hacer lo necesario para poder hacerse de esa información. Cada vez que alguien los contrata tendrán que buscar la forma de obtener fácilmente los datos y llenar;, sino toda la vida se la van a pasar haciendo la factura en lugar de hace su transporte, esa es la parte compleja de la operación”
Además, el complemento puede tener hasta 217 campos a llenar, 24 catálogos, 56 condicionantes, con escenarios muy específicos, por ello se necesitan sistemas de computo optimizados, que del lado de las empresas se tenga la capacidad de sacar de manera sencilla y automatizada la información de los productos y destinos y que los sistemas de los transportistas se tengan la capacidad de tomar de leer la información e incluir en el comprobante CFDI de traslado.
Cuáles son las sanciones
Las empresas que a partir del 1 de enero no presente el Complemento Carta Porte serán acreedoras a multas y sanciones.
No deducible: las facturas que se emitan por el servicio de transporte de bienes que no incluyan el Complemento Carta Porte no serán posibles de facturar.
Detención de mercancía: Las autoridades (en carreteras o aduanas) podrán solicitar la información correspondiente a la mercancía y en caso de no portar el CDFI con CCP o que esté mal llenada, los artículos se podrá confiscar, hasta que se acredite la legalidad de la misma.
De acuerdo al artículo 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación, las empresas podrán ser acreedores a sanciones y multas por no expedir el CDFI con Complemento Carta Porte.
No expedir, entregar o poner a disposición de los clientes el CFDI con CCP estando obligado, o expidiéndolo no cumple con los requisitos fiscales se es acreedor a una multa de los 17,020 hasta los 93,330 pesos.
En caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán clausurar el establecimiento del contribuyente hasta por 15 días.