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El Empresario

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Empresas exportadoras, más expuestas a denuncias si no cumplen con equidad de género

Las organizaciones deben considerar que dentro del Capítulo 23 del T-MEC se establecen que se deben respetar aspectos como: la no discriminación en el empleo y ocupación; promover la igualdad de las mujeres en los centros de trabajo y atender la violencia de género.

Las empresas que producen bienes o servicios en el marco del T-MEC están más expuestas a las denuncias que violen derechos fundamentales como la igualdad de género, pues cada acto que se identifique puede tomar un mayor nivel en la denuncia, con efectos comerciales, ya que existe un compromiso de México con Estados Unidos y Canadá para cumplirlo a cabalidad.

En ese sentido, las organizaciones deben considerar que dentro del Capítulo 23 del T-MEC se establecen que se deben respetar aspectos como: la no discriminación en el empleo y ocupación; promover la igualdad de las mujeres en los centros de trabajo y atender la violencia de género.

Aleida Hernández, autora del análisis “T-MEC, Reforma Laboral e Igualdad de Género. Apuesta por el adelanto de las trabajadoras”, explicó que “en caso de que en una empresa ocurran actos de violencia e intimidación; éstas se puedan relacionar con la afectación del comercio y eso da más fuerza a las denuncias, pues se está afectando la calidad de vida de las trabajadoras cuando son víctimas de una violación en el trabajo”.

La intención es respetar el derecho de las trabajadoras, detalló Hernández, “se trata de poder eliminar la descriminación y para ello los tres socios comerciales se comprometieron a cooperar en el impulso de programas y diseño de políticas públicas y compartir experiencias, para mejorar sus prácticas laborales”.

Una vez que se conocen los contenidos planteados en el T-MEC en materia de política de igualdad y derechos de las mujeres trabajadoras, ya es una herramienta legal, “son planteamientos que se exigen a los tres socios comerciales, por lo tanto México está obligado a respetarlos reconociendo los derechos laborales de la mujeres como derechos fundamentales”.

Destacó que no es suficiente que exista la normativa, es necesario que se traduzca en una realidad, y para eso se debe insistir en los centros de trabajos la implementación de estas políticas. “Ya dado el paso a la normativa, se está más cerca de la realidad y la aplicación, sin embargo se tiene que construir de manera cultural en los mismos centros de trabajo”.

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