Buscar
Empresas

Lectura 2:00 min

Pervive mala racha de Axtel en la Corte; le niegan otro amparo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó a Axtel el amparo que había interpuesto en contra las tarifas de interconexión que la Cofetel fijó en enero del 2008.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó a Axtel el amparo que había interpuesto en contra las tarifas de interconexión que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) fijó en enero del 2008.

Con dicha resolución, el máximo tribunal dio fin a una discusión que inició desde el 2011.

Los ministros determinaron que la Cofetel sí puede establecer tarifas ponderadas por servicio de interconexión, como medida precautoria, para evitar que las filiales de las empresas telefónicas ofrezcan tarifas menores a los usuarios, que las que ofrece la competencia.

Con siete votos en favor y tres en contra, el pleno de la Corte determinó que aunque la tarifa ponderada y la medida precautoria no están establecidas la ley, éstas no violan el artículo 44, fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Esto es, que no es violatorio de la ley cuando ésta establece que los concesionarios deben atribuirse así mismos y a sus subsidiarias y filiales, tarifas desagregadas y no discriminatorias por los diferentes servicios de interconexión.

Por ello, todas las tarifas de los concesionarios que ofrecen a sus usuarios deben comprender al menos las mismas tarifas que aplican a los servicios de interconexión que prestan a otros operadores.

Los ministros votaron en favor del proyecto de Luis María Aguilar para negar el amparo tanto a Telcel como a Axtel sobre las facultades que les otorga la Ley Federal de Telecomunicaciones en su artículo 9 para convenir tarifas de interconexión cuando los operadores no llegan a un acuerdo.

Por su parte, Axtel informó: El proceso en la Corte todavía no concluye. No es el único litigio abierto en este momento. Todavía falta otra sentencia que se estudiará la próxima semana .

La Suprema Corte retomará el próximo lunes otro caso de desacuerdo de interconexión.

cjescalona@eleconomista.com.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Noticias Recomendadas

Suscríbete