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Finanzas Personales

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El ABC para pagar impuestos por rentar una vivienda

Es importante que tanto arrendadores como arrendatarios se mantengan al corriente de sus obligaciones fiscales, ello con el fin de evitar problemas con la autoridad fiscal.

Los impuestos, en todos los sistemas económicos de los países, sirven para proveer de recursos al gobierno

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Rentar un inmueble implica una serie de gastos, el pago por el arrendamiento, el mantenimiento, los servicios e incluso pagar algunos impuestos, tanto para el arrendador como para el arrendatario.

En este mes de la declaración anual para las personas físicas, aquellas personas que ponen en renta o que son arrendatarios deben incluir tanto los ingresos como los gastos derivados del arrendamiento y avisar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) al momento de presentar este documento.

Luis Ramírez, gerente de Finanzas de la plataforma inmobiliaria Homie, detalló que las obligaciones fiscales por el arrendamiento de inmuebles se encuentran en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

En tanto, el portal inmobiliario Vivanuncios explicó que los propietarios del inmueble deben presentar una declaración provisional adicional a la del ejercicio fiscal anual.

Esta declaración puede ser mensual, bimestral, trimestral o semestral y debe presentarse ante el SAT antes del día 17 del siguiente periodo. Es decir, si la declaración provisional se realiza de manera mensual y debe declarar el alquiler del mes de marzo, el dueño de la propiedad deberá presentarla antes del día 17 de abril.

En el caso de la declaración anual, deberá informar el monto total de los ingresos obtenidos por el arrendamiento de su propiedad, así como los pagos provisionales que haya realizado y los gastos hechos durante el año fiscal. Recuerde que la fecha límite para hacer la declaración anual es el 30 de abril.

Para hacer un cálculo de los impuestos a pagar, el gerente de Finanzas de Homie explicó que existe un beneficio fiscal llamado deducción ciega, el cual consiste en que los contribuyentes tienen la opción de deducir 35% del valor del ingreso que tengan por arrendamiento.

“Si la renta vale 10,000 pesos, y el SAT le aplica este 35%, en este caso, deduciría 6,5000 pesos. El fisco le permite al propietario la oportunidad de disminuir los ingresos que formarán parte de su base gravable para el cálculo de pago de impuestos”, indicó.

Detalló que para determinar la cantidad a pagar la autoridad fiscal toma en cuenta el nivel de ingreso de la renta para calcular el pago de impuestos, entre más cobre de renta, mayor será la cantidad de impuestos a pagar.

Vivanuncios precisó que aquellos dueños de una propiedad deben hacer su declaración de ingresos bajo el Régimen de Arrendamiento.

Antes de incluir sus ganancias por el arrendamiento de la vivienda en la declaración de ingresos por alquiler, el portal inmobiliario puntualizó que algunos inmuebles están exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), dependiendo de la finalidad de la propiedad.

Por ejemplo, las propiedades de uso comercial o industrial como los locales u oficinas deben cubrir tanto el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) como el IVA, así como las casas habitación que sean rentadas con mobiliario incluido, mientras que las propiedades con fines agrícolas o ganaderos quedan exentas del pago de este impuesto.

Pago de impuestos para los inquilinos

En el caso de los inquilinos, el gerente de Finanzas de Homie especificó que solamente tendrán que hacer deducible el pago de la renta que viene en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que el propietario le entrega de manera mensual.

En caso de vivan varios roomies, indicó que a criterio del propietario podría darles un CFDI a cada uno de los habitantes, pero siempre y cuando el dueño lo autorice.

“En el caso de una renta en donde vive cuatro personas, le tendría que entregar a cada inquilino un CFDI con la cantidad dividida que les corresponda, para que al juntarlos, sume la cantidad exacta del total de la renta”, aseguró.

Señaló que en este tipo de casos, lo mejor es que los roomies se pongan de acuerdo para ver quien va a facturar y que solamente salga un comprobante fiscal.

montserrat.galvan@eleconomista.mx

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