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Opinión

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La Suprema Corte y el derecho al aborto en EU

Los derechos humanos, en particular los de las mujeres, están en riesgo en épocas de crisis y ante el ascenso de movimientos conservadores. En México, pese al discurso presidencial que cuestiona la lucha por los derechos humanos y del feminismo, la Suprema Corte de Justicia ha emitido sentencias significativas que ponen un dique a la criminalización del aborto, al abuso de la objeción de conciencia médica y a la arbitrariedad de los estados que han incluido en sus leyes la "protección de la vida desde la concepción". En Estados Unidos, el Ejecutivo actual defiende el derecho al aborto pero hoy éste depende también de las decisiones que tome la Suprema Corte acerca de leyes estatales que desafían la histórica sentencia conocida como Roe vs. Wade.

Desde 1973, la determinación de la Corte acerca de Roe sentó precedente a favor del derecho constitucional de las mujeres al aborto en todo el país, como respeto al derecho a la privacidad y el debido proceso. Los estados pueden regular el acceso al aborto legal pero no imponerle restricciones excesivas antes de que el feto sea viable. Desde entonces, Roe ha sido cuestionado en diversos casos legales sin que la Corte lo invalide, pese a las variaciones ideológicas de la mayoría de los ministros.  Su vigencia ha impedido la prohibición total del aborto y limitaciones arbitrarias como el intento del gobierno de Texas de ponerle fin exigiendo a las clínicas que cumplieran con los mismos requisitos que un hospital, revertido en 2016.

El estado de Texas, sin embargo, volvió a desafiar la protección federal al derecho de las mujeres con una nueva ley (SB8) que prohibe el aborto después de la sexta semana. En la práctica se trata de una prohibición casi total ya que en ese plazo muchas mujeres ni siquiera saben que están embarazadas. Igualmente grave es que, para no asumir su responsabilidad, el estado otorgara a cualquier persona el derecho a denunciar a quienquiera que haga posible el aborto, desde la mujer que lo busca y el personal que lo realiza hasta quien lleve a la mujer a la clínica o le preste dinero para el procedimiento. Quien denuncie puede además reclamar una "reparación" de hasta diez mil dólares. Como explica Michelle Goodwin en Ms. Magazine, esta disposición recuerda la ley de esclavos fugitivos que en el siglo XIX permitía denunciar a éstos y obtener una recompensa por ello. La vileza de una ley que criminaliza la solidaridad y la empatía debería bastar para desecharla en un país democrático.

Pese a una petición para que la Suprema Corte la bloqueara, la SB8 entró en vigor el 1ero de septiembre.  Dos ministras la consideraron "anticonstitucional" pero la mayoría la dejó pasar. Ayer se iniciaron audiencias para dirimir nuevos recursos contra ella.  Dada la composición de la Corte, con tres ministros postulados por Trump, es posible que sesgos ideológicos y tecnicismos legales favorezcan al gobierno de Texas. Éste sería un nefasto precedente para el recurso contra Roe presentado por el estado de Mississipi que la Corte discutirá en diciembre.

La ley SB8 ya ha provocado la saturación de clínicas en estados vecinos donde el aborto es legal por parte de mujeres texanas que pueden costear el viaje. Quienes carecen de recursos o dependen de un  salario diario, sobre todo latinas y afroamericanas, no tienen esa alternativa. La falta de justicia y el impacto negativo de las decisiones conservadoras en la vida de las mujeres es innegable.

Si bien Texas se distingue por el archiconservadurismo de un gobierno que permite la portación de armas pero coarta el aborto temprano, no es excepcional. Otros estados siguen buscando limitar los derechos de las mujeres. La ola conservadora que se intensificó con Trump y el legado envenenado de éste en la Suprema Corte ponen en riesgo las libertades y la vida de las mujeres.

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Es profesora de literatura y género y crítica cultural. Doctora en literatura hispanoamericana por la Universidad de Chicago (1996), con maestría en historia por la misma Universidad (1988) y licenciatura en ciencias sociales (ITAM, 1986).

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