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Ley de Internet en la CDMX
Claudia Sheinbaum ha propuesto al Congreso de la Ciudad de México una iniciativa de ley para garantizar el acceso libre y gratuito a Internet en los espacios públicos de la metrópoli.
Lo cierto es que toda ciudad moderna tiene acceso a Internet libre, abierto y de calidad (mucha velocidad y sin intermitencias) en todos los espacios públicos, desde aeropuertos y centros comerciales, hasta plazas y transportes públicos como los subterráneos.
Este Internet abierto puede ser proporcionado por los gobiernos locales o es financiado por privados para que las personas naveguen con libertad en recintos concurridos como plazas comerciales o espacios culturales, busquen información y compartan contenidos.
En México el acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), incluida la banda ancha e Internet, es un derecho fundamental consagrado desde 2013 en el artículo sexto constitucional. Este derecho de acceso a Internet es universal (para todos, sin discriminación) y progresivo (se requieren políticas públicas que lo garanticen en el tiempo).
La Constitución de la Ciudad de México contempla como parte del derecho a la ciencia y la innovación tecnológica que “habrá acceso gratuito de manera progresiva a Internet en todos los espacios públicos, escuelas públicas, edificios gubernamentales y recintos culturales”.
Según la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2021 del Inegi, la capital del país es la entidad federativa con mayor porcentaje de población usuaria de Internet con 88.3%. Incluso en la urbe más conectada de México persiste una brecha digital de 12% de la población que todavía no tiene acceso a Internet.
La iniciativa de Sheinbaum plantea que para garantizar el derecho de acceso a Internet, la administración pública capitalina “privilegiará el despliegue gradual y progresivo de infraestructura propia para la prestación del servicio público gratuito de Internet”.
También privilegiará la conexión en los pueblos, barrios y comunidades con mayor rezago de cobertura de Internet y en los inmuebles de educación pública, salud, oficinas de gobierno, centros comunitarios, parques, plazas públicas y sistemas de transporte público.
Un aspecto positivo de la propuesta es que el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la CDMX de cada ejercicio fiscal contemplará los recursos económicos suficientes para garantizar la prestación del servicio de acceso a Internet en espacios públicos.
La ley detalla que la velocidad de navegación no podrá ser menor a 3 Mbps, insuficiente para el tipo de consumo actual de Internet. Éste debe ser suficientemente rápido, estable y seguro para sostener videoconferencias por plataformas para trabajo o educación a distancia; para abrir apps de movilidad y solicitar vehículos; acceso a portales educativos con videos y tutoriales de alta definición; desempeño óptimo de redes sociales para subir videos e imágenes en tiempo real como un ejercicio de ciudadanía digital; para enviar correos electrónicos con archivos adjuntos pesados; para realizar trámites gubernamentales sin interrupciones que permitan subir y descargar documentos y para realizar transacciones financieras de forma ágil y segura.
La propuesta aclara que en tanto se habilite la infraestructura propia, el gobierno celebrará contratos con terceros (entiéndase proveedores de Internet) para garantizar el ejercicio de este derecho. Este punto es problemático porque la infraestructura de conectividad propia de los gobiernos, es decir, sus propias redes de telecomunicaciones, requieren inversiones cuantiosas y permanentes para el despliegue, mantenimiento y modernización tecnológica de la infraestructura.
Son preferibles los contratos con los operadores de telecomunicaciones, los cuales tienen el capital y la experiencia suficientes para proveer servicios de calidad, seguros y resilientes, por tratarse la Ciudad de México de una zona sísmica.
La Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), cuyo titular es José Antonio Peña Merino, tendrá a su cargo el diseño de la política de conectividad e infraestructura de la CDMX. También será la autoridad responsable de coordinar la implementación de dicha política, emitir disposiciones administrativas, celebrar convenios y contratos, instalar la infraestructura en los espacios públicos del gobierno capitalino y las alcaldías y de operar los puntos de acceso a Internet.
La iniciativa señala que el gobierno capitalino y las alcaldías “podrán realizar y/o coadyuvar con la habilitación e instalación de infraestructura para brindar el servicio público gratuito de Internet en los espacios públicos”. La habilitación de infraestructura en los espacios públicos de la CDMX debe ser obligatoria. Uno de los principales impedimentos al despliegue de infraestructura, conectividad y el derecho de acceso a las TIC son las barreras regulatorias que imponen alcaldías y municipios del país.
Existen tres problemas asociados al despliegue de infraestructura de telecomunicaciones: 1) el gran número de procedimientos, permisos y requisitos previos a la instalación de infraestructura; 2) las enormes diferencias entre las reglas escritas y no escritas de un municipio a otro; 3) la corrupción para la obtención de derechos de vía.
La Conferencia Nacional de Gobernadores, incluida la Jefatura de Gobierno de la CDMX, ya ha recibido de las secretarías de Economía, Comunicaciones y Transportes federales y de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria un conjunto de recomendaciones para el despliegue, uso, mantenimiento y reparación de infraestructura de telecomunicaciones que debieran adoptar.
Finalmente, el servicio público gratuito de Internet en la CDMX se regirá bajo el principio de no violencia digital, derecho a la seguridad de las comunicaciones, resguardo y protección de los datos de las personas y no recopilación de datos de los usuarios. Sin embargo, resulta delicado que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) capitalina tenga acceso a la infraestructura del servicio público de Internet para llevar a cabo sus atribuciones en la prevención de conductas delictivas.
En la propia ley, en la normativa y en la política pública para la implementación de la ley debiera acotarse la intervención de la SSC a la infraestructura del servicio público de Internet sólo con una orden judicial, para garantizar la confianza y no ocurran intervenciones indebidas.
Twitter: @beltmondi