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Política

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Código de Justicia Militar podría incluir desaparición forzada

María Verónica Martínez, senadora del PRI, indicó que el agregar el delito de desaparición forzada en el Código ayudará a prevenir, investigar y sancionar este tipo de conductas al interior del Ejército.

La senadora del PRI, María Verónica Martínez Espinoza, planteó incluir en el Código de Justicia Militar el delito de desaparición forzada, para prevenir, investigar y en su caso sancionar este tipo de conductas al interior de las fuerzas armadas.

En el marco del debate sobre reformas al Código de Justicia Militar que realiza el Senado, y en el que participan especialistas y académicos, dijo que se debe legislar para estar en concordancia con los estándares internacionales en la materia respecto a la privación de la libertad de una o más personas dentro de las instituciones castrenses.

En entrevista argumentó que de acuerdo con las cortes internacionales se entiende por desaparición forzada "la cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización o del Estado".

La integrante de la Comisión de Justicia, expuso que dicha desaparición forzada puede darse entre los mismos integrantes de las fuerzas armadas y en ese caso no serán las instancias del orden federal o del fuero común quienes investiguen, juzguen y sancionen, sino los tribunales militares.

Aclaró que la reforma debe establecer claramente que si un militar participa en la desaparición de un civil, quien debe investigar, juzgar y sancionar debe ser la autoridad del fuero federal o común, pero no los tribunales militares.

Martínez Espinoza recordó que en los casos de desapariciones de militares por parte de la delincuencia organizada, ahí actúan las autoridades federales, la Procuraduría General de la República (PGR) para investigar y los juzgados federales para imponer sanciones.

"Sólo en los casos que entre pares en materia castrense se den las desapariciones, es decir entre integrantes del Ejército Mexicano, o de la Marina o de la Fuerza Aérea, entonces la jurisdicción o competencia sería de los tribunales militares", reiteró.

La legisladora mencionó que el delito de desaparición forzada si está tipificado en México en el Artículo 215 del Código Penal Federal, con sanciones de hasta 40 años de cárcel a los servidores públicos que lo cometan, pero en el caso de los militares no se señala qué autoridad será la que los juzgue en cada supuesto.

La también integrante de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, dijo que su propuesta es incluir en el Código de Justicia Militar, que los militares sean juzgados por tribunales castrenses cuando el delito se cometa entre pares.

Abundó que lo que se está proponiendo es incluir este tipo penal nuevo, el de la desaparición forzada, al Código de Justicia Militar, para que -apuntó- no ocurran casos como el del general Gallardo, quien por proponer la creación de un Ombudsman Militar fue desaparecido por varios meses por integrantes del Ejército Mexicano.

mac

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