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Política

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Tope salarial, a la Constitución

La medida, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, reforma los artículos 116 y 117 constitucionales, a fin de garantizar que ningún funcionario pueda ganar más que el Presidente.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 377 votos de los grupos parlamentarios de Morena, PAN, PT, PES, PVEM y MC la reforma a los artículos 116 y 127 de la Constitución, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que prohíbe a los servidores públicos, incluidas las personas de derecho público e integrantes de órganos y organismos constitucionalmente autónomos de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipios), ganar más que el presidente de la República.

Aprobado el decreto correspondiente en lo general y particular, fue remitido al Senado de la República para su revisión y eventual aprobación o modificación.

“Los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones, personas de derecho público, órganos y organismos a los que la presente Constitución o las leyes les otorguen autonomía, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades”, ordena la nueva redacción del primer párrafo del Artículo 127 constitucional.

En el Artículo 116 se precisa que las remuneraciones de los servidores públicos del nivel estatal deberán sujetarse a lo que establece el Artículo 127 de la Carta Magna, así como que los poderes estatales Legislativo, Ejecutivo y Judicial y las personas de derecho público, órganos y organismos autónomos, deberán incluir en sus proyectos de presupuesto los tabuladores desglosados de las remuneraciones que percibirán sus servidores púbicos.

A propuesta de José Elías Lixa Abimerhi (PAN), se modificó, durante la discusión de lo particular, el Artículo segundo transitorio, para establecer lo siguiente:

“Las remuneraciones de las personas contempladas en el primer párrafo del Artículo 127 de la Constitución que sean superiores al límite máximo establecido en la fracción II del párrafo segundo del Artículo 127 de la Constitución (...) deberán ser ajustadas o disminuidas en los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente a aquel en que haya entrado en vigor el presente decreto, y siempre que se haya dado cumplimiento a la sentencia del 20 de mayo del 2019, emitida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018”.

El panista explicó que la reserva tiene dos objetivos fundamentales: que aplique para todas las personas que están enumeradas en el 127 constitucional, “es decir, (para) que nadie quede fuera”, y para garantizar el cumplimiento de la sentencia o condena de la Corte a la Cámara Baja. “Nos obligamos, entonces, a dar cumplimiento y a hacerlo con criterios objetivos”.

Cabe recordar que el referido fallo de la Corte invalidó, por considerarlos inconstitucionales, dos artículos de la nueva Ley Federal de Remuneraciones y, por tanto, los diputados federales están obligados a determinar, durante el actual periodo de sesiones ordinarias, los parámetros a considerar para fijar el salario presidencial.

Se aprobó, también de última hora, la propuesta de Jorge Russo Salido (MC) para precisar, a través del artículo cuarto transitorio, que el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución a más tardar en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor del decreto.

“En dichas reformas se deberá establecer el organismo técnico responsable de los estudios para definir los parámetros, elementos y procedimientos relativos a las remuneraciones de los servidores públicos. Lo anterior, a efecto de que emita una opinión fundada y motivada a la Cámara de Diputados”, dicta.

Pablo Gómez (Morena) aclaró que la mayoría legislativa, representada por su partido, estuvo de acuerdo con la propuesta del PAN, porque las resoluciones de la Corte se acatan simplemente: “Lo tenemos que hacer porque tenemos plazo”. Los parámetros a acordar “no van a ser traídos de Singapur. Ésa es la única limitación, sino (que serán) los que esta soberanía considere, de acuerdo con las condiciones, el nivel de pobreza que hay en este país, etcétera. Todo de lo que hablamos todo el tiempo en las tribunas parlamentarias”, anticipó.

rramos@eleconomista.mx

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