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Política

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TEPJF da revés a magistrados

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó diversas impugnaciones que presentaron jueces de distrito y magistrados de tribunales electorales de Jalisco, Morelos y Tabasco, quienes se oponen a su remoción como lo ordenaron las leyes secundarias de la reforma político-electoral.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó diversas impugnaciones que presentaron jueces de distrito y magistrados de tribunales electorales de Jalisco, Morelos y Tabasco, quienes se oponen a su remoción como lo ordenaron las leyes secundarias de la reforma político-electoral.

El 29 de mayo, seis días después de que se publicaran las leyes secundarias, los magistrados José Guillermo Meza García y José de Jesús Reynoso Loza, del Poder Judicial de Jalisco; Carlos Alberto Puig Hernández, Hertino Avilés Albavera y Fernando Blumenkron Escobar, magistrados del Poder Judicial de Morelos; Alma Rosa Peña Murillo, José Francisco Quevedo Giorgana e Isidro Ascencio Pérez, magistrados del Tribunal Electoral de Tabasco, presentaron un recurso de impugnación.

En la sesión de este miércoles, al resolver el recurso, los integrantes de la Sala Superior del TEPJF determinaron por unanimidad rechazar la petición de los magistrados locales, quienes se oponen a su remoción. El caso se suma a los recursos de inconformidad que también han presentado, y se les ha negado, los consejeros electorales de los institutos electorales de los estados, quienes también deberán ser sustituidos como ordena la reforma político-electoral, y a lo cual se oponen.

Es un caso reiterado, hemos conocido primero la impugnación de consejeros electorales y magistrados electorales de las entidades federativas respecto de la reforma constitucional. Ahora, no es para controvertir la reforma constitucional, pero sí la expedición de esta ley (la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales) que se hace en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 73 de la Constitución adicionado también, y del Artículo Segundo Transitorio de la propia reforma constitucional publicada en febrero de este año , explicó el magistrado Flavio Galván.

El presidente del TEPJF, José Alejandro Luna Ramos, dijo que en este caso, los jueces de Distrito no tienen competencia para impugnar leyes electorales.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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