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Capital Humano

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Poder Judicial refuerza protección legal para los trabajadores con mucha antigüedad

Un nuevo criterio laboral publicado en el Semanario Judicial de la Federación establece que una demanda de reinstalación de un trabajador con muchos años de servicio no puede desvirtuarse con un acta notarial que da fe de un despido justificado.

Foto: EspecialShutterstock

El Poder Judicial emitió un nuevo criterio para casos en los que se desvirtué mediante un acta notarial una demanda de reinstalación promovida por un trabajador. Especialistas coinciden en que la resolución refuerza la estabilidad en el empleo para personas que tienen muchos años de antigüedad en una empresa.

El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito resolvió que en un juicio donde la persona tenga muchos años de servicio y argumente un despido injustificado, la demanda no puede desvirtuarse a través de un acta de hechos notariada.

“La Junta debe apartarse del resultado formal obtenido del acta de hechos levantada por un fedatario público y efectuar un juicio de verosimilitud, si advierte que el trabajador tenía muchos años de servicios con la empresa demandada y con aquélla pretende desvirtuarse el despido injustificado que éste aduce”, determinó el tribunal en el criterio publicado en el Semanario Judicial de la Federación.

Al tratarse de una tesis aislada, no tiene todavía el alcance de una jurisprudencia, pero sí sienta un precedente para nuevos casos. A decir de Diego García Saucedo, socio director de la firma García Vázquez Abogados, este criterio cobra mucha más relevancia en el nuevo sistema de justicia laboral.

“Este criterio nos está marcando una pauta importantísima: hay que olvidarse de contratar fedatarios privados para acreditar algo en caso de un proceso contencioso y más bien, reforzar las áreas de relaciones laborales, conseguir actas administrativas o investigaciones internas verdaderamente fehacientes, basándonos más en procesos internos. Marca congruencia con la reforma laboral porque los litigios van a tener que ser de mayor calidad. Ya no podemos hacer relaciones laborales como lo veníamos haciendo”, apuntó el especialista.

Mediante la resolución, el tribunal colegiado advirtió que en casos de trabajadores con mucha antigüedad, un acta notarial no es suficiente elemento para negar la reinstalación a la persona que argumenta un despido injustificado. En cambio, hay que tomar en cuenta otros aspectos, como la propia manifestación del empleado por conservar su puesto de trabajo.

“Sería contrario a la lógica que este tipo de empleados dejen de laborar de un día para otro, con los perjuicios que ello conlleva, como la pérdida de sus derechos laborales de reconocimiento a la antigüedad, el aumento de días de vacaciones que se otorga con base en los años de servicios, el pago de las primas de antigüedad y vacacional, cotizar en el seguro social para obtener una eventual pensión, etcétera; máxime, si con diverso medio de prueba se acredita la intención del trabajador de continuar con la relación laboral”, detalló el tribunal en su resolución.

Para Carlos Ferran, socio director de la firma Ferran Martínez Abogados, este criterio va en línea con “la estabilidad laboral reforzada”, un concepto que se usa en el gremio de abogados laboralistas y se vincula con el artículo 161 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

“Este artículo lo que establece es que en las personas que tengan una antigüedad de 20 años o más, para rescindirlas no bastará sólo una causal del artículo 47, sino que tendrá que presentarse una situación grave o que haga imposible la continuación de la relación laboral. Es de alguna manera una protección adicional para las personas que llevan más de 20 años de servicio”, explicó el especialista.

En eso coincidió Diego García, aunque el criterio emitido por el tribunal no cita el artículo 161 de la LFT, es congruente con la protección que brinda la norma.

La protección de la antigüedad debe replantearse

Desde la perspectiva de Carlos Ferran Martínez, el criterio también es un llamado a reflexionar la protección de la antigüedad que otorga la legislación laboral. “La protección es buena, pero debe acompañarse de un estándar de productividad y reducir los años a la mitad, porque quién va a durar 20 años en una empresa, hay que ser más sensatos en eso”.

Por su parte, Diego García expuso que las rescisiones de los trabajadores con mucha antigüedad suelen representar una contingencia financiera para las empresas, especialmente por la prima de antigüedad. Esto, en buena medida ha motivado que sean más propensos a un recorte antes de llegar a los 20 años de servicio.

Sin embargo, resaltó el especialista, el tribunal sienta un precedente: las prácticas de antes, no porque hayan funcionado, significa que sean buenas. En este sentido, presentar un acta de hechos notariada donde se asegure que el trabajador incurrió en una falta grave, es una herramienta que pierde peso porque sólo da fe de la versión patronal, pero no refleja la voz del trabajador.

“Este criterio nos muestra que ya no hay recetas mágicas, vamos a tener que hacernos más especializados en las áreas de Recursos Humanos y relaciones laborales para no usar recetas de hace mil años. Implica una evolución en el sentido de presentar las pruebas, no falsearlas”, indicó Diego García.

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano.

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