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Sugieren emitir reglas cuando se deja el RIF
La transición de un régimen a otro implicaría pasar de declaraciones bimestrales a mensuales.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugirió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitir una regla de carácter general que regule la forma en que los contribuyentes cumplen con sus obligaciones fiscales una vez que dejen de tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
Dicha recomendación, aclaró, surge atendiendo al nuevo paradigma de protección de los derechos fundamentales de los causantes con la finalidad de otorgar certeza jurídica a los pagadores de impuestos a lo largo del país.
El análisis sistémico 14/2015 precisó como problemática que la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa del Contribuyente (SADC) de la Prodecon detectó que existía ausencia de normatividad para regular la manera en que dejarán de tributar las personas físicas inscritas en el RIF, cuyos ingresos excedan 2 millones de pesos anuales.
Lo anterior, aplica también para aquéllas que no presentaron en el plazo establecido la declaración bimestral del Impuesto sobre la Renta (ISR), dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones en un periodo de seis años, toda vez que el antepenúltimo párrafo del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) únicamente contempla el momento en que se deja de tributar en este régimen.
En virtud de lo anterior, acotó, resulta indudable que actualmente tanto la LISR como la normatividad del SAT no tienen definida la forma en que los contribuyentes que abandonan el RIF cumplirán con sus obligaciones fiscales.
Situación que en su opinión los deja en un completo estado de inseguridad e incertidumbre jurídica . Por lo tanto, insistió en que se debe establecer el mecanismo a través del cual se indique a los contribuyentes la manera en que harán frente a sus obligaciones fiscales.
Es decir, la forma de transitar de un régimen a otro, lo cual implicaría entre otras situaciones pasar de declaraciones bimestrales a mensuales y de pagos definitivos a provisionales. Datos del SAT revelan que al mes de agosto el padrón de contribuyentes del RIF lo integran 4 millones 428,659 causantes.
La Prodecon exhortó a las autoridades fiscales a que en un lapso de 30 días hábiles manifiesten lo que a su derecho convenga, dándole solución a la problemática planteada en el análisis sistémico.
Advirtió que en su carácter de defensor de los derechos de los pagadores de impuestos, se podrá convocar a las autoridades para que asistan a una o varias mesas de trabajo para encontrar una o varias soluciones a la problemática observada.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente se encuentra facultada para proteger y defender los derechos de los contribuyentes, así como investigar e identificar problemas de carácter sistémico que ocasionen perjuicios a los mismos , indicó.
El objetivo es proponer a la autoridad fiscal federal correspondiente las sugerencias, recomendaciones y medidas preventivas y correctivas que en su opinión como defensor no jurisdiccional de derechos procedan.