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A 10 años de la sentencia de Campo Algodonero
El 16 de noviembre se cumplen 10 años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el caso González y otras vs México, conocido como Campo Algodonero, por el sitio donde el 6 y 7 de noviembre se encontraron ocho cuerpos de mujeres y niñas vilmente asesinadas en Ciudad Juárez. Lo que podría haber sido un punto de partida para un cambio radical en las políticas públicas y la posición estatal ante los derechos humanos de las mujeres y niñas sigue siendo hoy un documento contundente, cuyo incumplimiento demuestra la indiferencia y complicidad por acción u omisión del Estado mexicano ante la desaparición y asesinato de miles de mujeres y niñas.
Primera sentencia en que la Corte adopta una clara perspectiva de género, este fallo representa un hito en el acceso de las mujeres a la justicia en el ámbito latinoamericano y un potente referente simbólico para la defensa de los derechos de las mexicanas. Con claridad, la Corte reconoce los derechos de las víctimas y sus familiares, subraya las obligaciones que el Estado incumple cuando minimiza la violencia feminicida e ignora los factores que perpetúan la violencia estructural que afecta a las mujeres en particular, y los que favorecen, permiten o alimentan la violencia feminicida y su impunidad.
La sentencia se refiere específicamente a los casos de Claudia Ivette González, de 20 años, Laura Berenice Ramos, estudiante de 17, y Esmeralda Herrera, empleada de 15 años, encontradas asesinadas con saña y signos de violencia sexual, el 6 de noviembre. Con base en éstos, la Corte IDH determinó que, desde el momento de la denuncia de su desaparición y durante todo el proceso, existieron serias irregularidades que culminaron en la fabricación de culpables y la impunidad de estos crímenes. Además, se violaron los derechos de los familiares, agredidos y amenazados por buscar justicia.
Dado que el Estado conocía las condiciones de violencia contra mujeres y niñas en Ciudad Juárez, así como los factores que desde 1993 mantenían en la impunidad el feminicidio, señalados en la recomendación 44/98 de la CNDH, y no tomó las medidas necesarias para prevenir la violencia feminicida, eliminar la discriminación contra las mujeres, sancionar a los y las funcionarios omisos o hasta cómplices, la Corte determinó también que el Estado era responsable por negligencia de estas desapariciones y muertes cruentas. Lo responsabilizó asimismo de incumplir sus obligaciones para garantizar el derecho a la vida, a la libertad personal, a la justicia (con debido proceso), los derechos de la infancia y los de las familias a la reparación del daño, entre otros.
Además de este severo juicio, la Corte IDH hizo recomendaciones que siguen en el limbo. Sí, gracias a la sociedad civil se crearon instituciones encargadas de hacer justicia para las mujeres, se estableció el Protocolo Alba para investigar las desapariciones, se tipificó el homicidio por razones de género, apenas en el 2017, y se aprobaron leyes. Pero seguimos sin saber quiénes son los culpables, cómo fue posible que aparecieran en un mismo lugar en dos días ocho cuerpos de mujeres desaparecidas en distintos momentos. Siguen sin sanción los y las funcionarios omisos o coludidos, engranajes de la “maquina feminicida” (González Rodríguez). Peor, algunos ascendieron. Las familias siguen exigiendo justicia, reparación integral del daño y garantías de no repetición.
Los resultados de una década más de omisión ante la violencia misógina y el desdén por las recomendaciones de la Corte son evidentes. En Ciudad Juárez y Chihuahua, desde el 2016 el feminicidio ha ido escalando, las desapariciones y la violencia sexual no cesan; la CNDH ha solicitado la declaración de la alerta de violencia de género. Hoy el feminicidio y la desaparición amenazan a niñas y mujeres en todo el país. Muchas jóvenes toman las calles, hartas de vivir con miedo o terror. Quienes, desde el Estado, minimizan la violencia feminicida harían bien en estudiar la sentencia: su negligencia no los exime de responsabilidad.