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Endurecen sanciones por robo de hidrocarburos
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas legales para endurecer las sanciones contra el robo de petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas legales para endurecer las sanciones contra el robo de petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados.
Los cambios al Código Penal Federal, Código Federal de Procedimientos Penales, Código Fiscal de la Federación, y a las leyes Federal de Extinción de Dominio y la Federal contra la Delincuencia Organizada establecen hasta 11 años de prisión y hasta 13,000 días de multa.
El delito se tipificó como grave y equiparó a terrorismo, por lo que quien lo cometa no tendrá derecho a ser liberado bajo caución.
Enviada a la Cámara de Senadores para su ratificación o modificación correspondiente, la minuta establece que se sancionará no sólo a quien posea o resguarde de manera ilícita combustibles, como precisa la ley vigente, sino también a quien los almacene, transporte, oculte, enajene, suministre o distribuya.
Cuando el producto del robo sea de 2,000 o más litros, se impondrán sanciones de cuatro a 11 años de cárcel y de 1,200 a 13,000 días de multa.
Si el responsable del hurto es franquiciatario, asignatario, contratista, permisionario o distribuidor, además de las penas previstas será sancionado con la suspensión de actividades, así como con la disolución y liquidación de la sociedad de la que forme parte.
Las penas serán de cinco a diez años de prisión y de 200 a 1,000 días de multa a quien sustraiga o altere los equipos, instalaciones o ductos de las industria petrolera, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda autorizarlo.
Quien comercialice gasolinas o diésel que no contengan los marcadores o las especificaciones que se usan para identificar esos combustibles se hará acreedor a penas de seis a diez años de cárcel y pagará multas de 500 a 1,00 días.
Se entenderá por marcador la sustancia química que se agrega a los combustibles líquidos u otros productos derivados de los hidrocarburos que, sin afectar sus propiedades físicas, químicas ni sus especificaciones técnicas, permite identificar el combustible marcado , precisa la enmienda.