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Listo, cerco al fuero militar
Un dictamen presentado ante el Senado propondrá que las autoridades civiles puedan juzgar a soldados que comentan delitos del fuero común.
Comisiones en el Senado de la República tienen listo el dictamen para acotar el fuero militar a través de un sistema de justicia diferente que permita a las autoridades civiles juzgar a los militares que cometan delitos del fuero común.
Con la redacción (propuesta en el dictamen) no subsistirá ya ninguna hipótesis legal en la que un delito cometido contra un civil, o que resulte constitutivo de una violación a derechos humanos, sea ventilado en los órganos militares , afirman integrantes de las comisiones unidas de Justicia, Defensa Nacional, Estudios Legislativos Primera y Estudios Legislativos Segunda en el documento para reformar el Código de Justicia Militar.
La propuesta que se pondrá a disposición de los integrantes de estas comisiones, cuya copia posee este medio, contempla la creación del Juez de Ejecución de Sentencias, quien velará porque el Sistema Penitenciario Militar se organice sobre la base del trabajo, capacitación, educación, salud, deporte y el adiestramiento militar como medios para mantener al sentenciado y que a final de cuentas se reincorpore a las actividades de la milicia o a la sociedad, según sea el caso.
El Juez de Ejecución de Sentencias, además de ser un especialista en Derecho Penal, deberá ser un amplio conocedor de los aspectos criminológicos y penitenciarios, para garantizar que el sentenciado tenga una efectiva compurgación de su pena , añade el documento.
Además, indica que los rubros concernientes a la libertad probatoria y a las solicitudes de indulto y la tramitación de las solicitudes de reducción de penas serán atribuciones del Juez de Ejecución de Sentencias y no del Supremo Tribunal Militar. Mientras tanto, los ministerios públicos militares deberán remitir a la justicia civil los casos en los que participen uniformados y estén implicados civiles. Las primeras dirigencias serán conducidas por un Ministerio Público civil. Corresponderá a los tribunales federales atender los casos debido a que los militares son empleados federales cuando se encuentren en servicio y cometen un ilícito contra un civil.
Las comisiones dictaminadoras se pronuncian en favor de que los militares que haya sido sentenciados o a quien se les haya impuesto prisión preventiva puedan compurgar su pena en prisiones militares , destaca.
Precisa, por ejemplo, que son delitos contra la disciplina militar, siempre que no estén involucrados civiles, los ilícitos del orden común o federal y los que se cometan en territorio declarado en estado de sitio o en lugar sujeto a la ley marcial conforme a las reglas del derecho de la guerra. Asimismo, el que malverse dinero u otros efectos pertenecientes al Ejército será castigado no sólo con prisión de ocho meses a 12 años, sino con la inhabilitación del empleo por 10 años, por citar un caso.
De igual forma, el proyecto de dictamen cambia de nombre a la Policía Judicial Ministerial por Policía Ministerial Militar, aunque con las mismas funciones: auxiliar al Ministerio Público en la investigación de los delitos del fuero de guerra, la reunión de sus pruebas y el descubrimiento de autores, cómplices y encubridores.
El dictamen se pondrá a consideración y se pronostica que se mande al pleno del Senado durante el siguiente periodo ordinario de sesiones.
EL PROYECTO
- Crea la figura del Juez de Ejecución de Sentencias.
- Establece que la Policía Ministerial Militar y el MP deberán hacer un registro con el nombre, grado y en su caso, alias del detenido militar, motivo de la detención, nombre de quién o quiénes hayan intervenido en la detención y lugar a donde será trasladado el detenido.
- Modifica el término pena corporal por el de pena privativa de la libertad , por considerar el primer término ofensivo.
- Sustituye la palabra reo por los términos acusado , procesado y sentenciado .
- Las modificaciones atienden a recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
tania.rosas@eleconomista.mx