Lectura 3:00 min
Ordenan publicar ley sobre sueldos
Luego de que el Ejecutivo federal no la ha promulgado, la Mesa Directiva pide sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.
El presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Martí Batres Guadarrama, ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que establece que ningún funcionario público percibirá un salario superior al del presidente de la República.
Al abrir la sesión ordinaria de este miércoles, el senador recordó que el Congreso de la Unión aprobó la minuta el pasado 13 de septiembre y expuso que en virtud de que el titular del Ejecutivo federal no promulgó la citada ley dentro de los plazos correspondientes, tocaba al presidente del Senado ordenar su publicación.
Dicha ley tiene por objeto regular las remuneraciones que perciben los servidores públicos de los Poderes de la Unión y todos los demás entes públicos federales, incluidos aquellos dotados de autonomía constitucional, por lo que establece que “ningún servidor público recibe una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación”.
Cabe destacar que la remuneración de los servidores públicos se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que se pretende establecer los tabuladores de remuneraciones mensuales.
Entre los entes públicos que menciona la ley están la Cámara de Senadores, Cámara de Diputados, Auditoría Superior de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal, Banco de México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Instituto Nacional Electoral.
También la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Insituto Nacional de Estadística y Geografía, los organismos públicos descentralizados de la Federación, las instituciones de educación superior de la Federación, de carácter autónomo, y cualquier otro ente público, de carácter federal, descentralizado, autónomo o independiente de los poderes.
Se precisa que los poderes (federales) Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los entes con autonomía o independencia reconocida por la Constitución, deben incluir, dentro de sus proyectos de presupuesto, los tabuladores de las remuneraciones.
El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, argumentó que con la publicación de la ley se cumple el primer compromiso del nuevo gobierno para terminar con los altos sueldos y privilegios a funcionarios.
Dijo que la Secretaría de Hacienda deberá presentar un presupuesto 2019 de manera “congruente” con la disposición.