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Publican en el DOF decreto para que funcionarios puedan promover la revocación de mandato

De acuerdo con el decreto aprobado por el Pleno del Senado y publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

Foto EE: Archivo

Tras la aprobación este jueves de la Cámara de Senadores de la minuta que interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y Ley Federal de Revocación de Mandato, por la tarde de este jueves fue publicado el decreto por lo cual a partir de mañana funcionarios públicos podrán promover el proceso de revocación de mandato.

De acuerdo con el decreto publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

Ante ello cualquier funcionario público podrá expresarse sobre la consulta de revocación de mandato, la cual se realizará el 10 de abril próximo. 

“Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público, conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas”, añade el decreto.

A su vez se precisa que “las sanciones aplicables a las autoridades o personas servidoras públicas de cualquiera de los poderes de la Unión, de los poderes locales, órganos de gobierno municipales, órganos de gobierno de la Ciudad de México, órganos autónomos y cualquier otro ente público conforme a los artículos 449, numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, deberán ser aplicadas bajo el principio de estricto derecho. No podrán aplicarse sanciones por analogía o mayoría de razón”. 

(Con información de Rolando Ramos)

kg

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